Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Burgos
Dirección: Avenida DE LOS REYES CATOLICOS 51 bis
Localidad: Burgos
Código Postal: 09005
Provincia: Burgos
Teléfono: 947284151
Correo electrónico: almudena.cunado@justicia.es
Concursal
Número: 189/2022
NIG: 0905942120220007103
Auto
Fecha: 20/10/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
Dª. BEATRIZ BRIONES SANTAMARIA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº UNO DE BURGOS, por el presente, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO CONCURSAL seguido en este órgano judicial con el Nº 189/2022, se ha dictado en fecha 20 de octubre de 2022 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO y simultáneamente la APERTURA DE LA LIQUIDACION del deudor YOLANDA LAREU CAROU, con DNI ....608H, y domicilio en Burgos,C/Guardia Civil, nº 9, 1º E.
Que se ha acordado la disolución de la mercantil concursada y la intervención de las facultades de administración y disposición de la deudora sobre la masa activa.
Que en fecha 4 de noviembre de 2022, el abogado ROBERTO JAVIERPORTILLA ARNAIZ, con NIF 13165047P, y domicilio profesional en Avda. de la Paz, nº 3, bajo (Burgos)y correo electrónico a efectos del presente concurso info@paab.es, aceptó, y se le tuvo por aceptado en el cargo de administrador concursal.
Que se ha acordado el llamamiento a los acreedores de la concursada para que, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal, si a su derecho interesa, la existencia de suscréditos, en los términos y formas establecidos en los artículos 256, 257 y 258 del TRLC.
Se advierte a los acreedores de que las comunicaciones de créditos que se realicen al juzgado y no a la administración concursal no serán tenidas en cuenta.
Se advierte de que, dentro del plazo anterior, los acreedoreso cualquier personado en el concurso podrán remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto consideren relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que consideren oportunos (art. 447 TRLC).
Se advierte a los acreedores, personas legitimadas y con interés legítimo que deben actuar representados por procurador(cuyo poder debe tener otorgadas facultades concursales) y asistidos por letrado para comparecer en el procedimiento,para presentar solicitudes o demandas, para actuar en los incidentes que se incoen o para interponer recursos. Todo ellosin perjuicio de lo establecido para las administracionespúblicas y los trabajadores en el art. 513 TRLC.
Que en el Registro Público Concursal se publicarán las resoluciones que traigan causa del presente concurso, cuya dirección electrónica es https://www.publicidadconcursal.es.
Burgos, 10 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA CONCEPCION MARTINEZ CONDE
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