Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Córdoba
Dirección: Calle ISLA MALLORCA S/N
Localidad: Córdoba
Código Postal: 14011
Provincia: Córdoba
Teléfono: 671535222
Correo electrónico: jmercantil.1.cordoba.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 459/2022
NIG: 1402142120220017258
Auto
Fecha: 05/10/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CÓRDOBA , EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 37 TER del TRLC
A N U N C I A
1º.- Que en el procedimiento número 459/2022, con NIG1402142120220017258, por auto de 5 de octubre de 2022 se ha declarado en concurso VOLUNTARIO al deudor TESSIO VALLEY, con domicilio en CL.SAN PABLO Nº 7, PORTAL E, 3º, 1 (CORDOBA) y en cuya parte dispositiva del referido auto se acuerda lo siguiente:
1.- Se declara en situación de concurso voluntario a TESSIO VALLEY SL
2.- El pasivo que resulta del presente concurso es de 105.551,95 € euros
3.- Remítase la presente de forma telemática al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos que dispone el art. 37 ter del TRLC. La solicitud deberá hacerse por medio de abogado y procurador.
4.- Una vez transcurra el plazo indicado de 15 días que dispone el art. 37 ter sin que ningún acreedor haga uso de su derecho, y salvo la solicitud de exoneración del pasivo que pueda realizar el deudor, el presente procedimiento quedará automático concluido sin necesidad de previa resolución dado que no prevé la norma resolución alguna, dictándose Decreto de archivo.
Contra la presente cabe interponer recurso de reposición en plazo de cinco días.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. Antonio Fuentes Bujalance, Magistrado Titular del Juzgado Mercantil de Córdoba.
En CÓRDOBA a cinco de octubre de dos mil veintidós
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Córdoba, 25 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA COLORADO GAMEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid