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Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Jaén
Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16
Localidad: Jaén
Código Postal: 23007
Provincia: Jaén
Teléfono: 953963164
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.3.Jaen.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 11534/2022
Auto
Fecha: 19/07/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 días para oposición a la ejecución.
MARÍA DEL CARMEN GARRIDO GÁMEZ - NIF/NIE: ***2971**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
E D I C T O
MARÍA INMACULADA BAREA COBO, Letrado/a de la Administración de Justicia del J.PRIMERA INSTANCIA Nº3 DE JAEN,
Hace saber:
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se NOTIFICA a MARIA DEL CARMEN GARRIDO GAMEZ el auto de orden general de ejecución, y decreto de medidas para que en el plazo de 10 días pueda oponerse a la ejecución. La parte dispositiva de dichas resoluciones dice literalmente lo siguiente:
AUTO
D./Dña. VIRGINIA APARICIO BARTOLOME
En Jaén, a diecinueve de julio de dos mil veintidós
PARTE DISPOSITIVA
En atención a lo expuesto, se ACUERDA:
Se da la ORDEN GENERAL y SE DESPACHA EJECUCIÓN DINERARIA a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS RESIDENCIAL LA ALBERCA DEL BULEVAR, representada por el/la Procurador/a, MARIO CARRASCO MALLEN, en adelante parte ejecutante, contra MARIA DEL CARMEN GARRIDO GAMEZ, en adelante parte ejecutada, por las cantidades de 1013,71euros de PRINCIPAL, más otros (Cantidad intereses) euros de intereses vencidos más otros 338euros presupuestados para INTERESES y COSTAS sin perjuicio de su ulterior liquidación, ejecución que se despacha en forma solidaria respecto de todos los ejecutados.
Queden los autos sobre la mesa del/la Letrado/a de la Administración de Justicia a los efectos de dictar el correspondiente decreto de medidas ejecutivas del art. 551.3 LEC.
Conforme al art. 553 LEC, notifíquese la presente resolución simultáneamente con el decreto de medidas ejecutivas a las partes y al/los ejecutado/s, o al/los Procurador/es que lo represente/n, con entrega de copias de la demanda ejecutiva y documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento puedan personarse en la ejecución.
Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno conforme a lo dispuesto en el art.551.4 LEC, sin perjuicio de que el/los ejecutado/s puedan oponerse a la ejecución despachada dentro del plazo de DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este auto.
Así lo acuerda y firma el/la Magistrado/a-Juez arriba referido/a, de lo que yo el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, INMACULADA BARAJAS ROJAS, DOY FE.
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DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: INMACULADA BARAJAS ROJAS
En Jaén, a diecinueve de julio de dos mil veintidós.
PARTE DISPOSITIVA
Procédase al embargo de bienes suficiente para cubrir la cantidad por la que se despacha ejecución.
Desconociéndose bienes por el ejecutante, practíquese averiguación patrimonial del ejecutado a través del Punto Neutro Judicial (AEAT, TGGSS, DGT, INEM…), de la que se dará traslado inmediato al ejecutante para que inste lo que a su derecho convenga.
Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente al tribunal.
Comuníquese el despacho de ejecución al Registro Público Concursal.
Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s con entrega simultánea del auto que autoriza y despacha la ejecución, copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda/n personarse en la ejecución, entendiéndose con el/ellos, en tal caso, las ulteriores actuaciones.
Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante el Magistrado/Juez que dictó la orden general de ejecución (Art 553.5 LEC), en el plazo de cinco días
Lo acuerda y firma, la Letrada de la Administración de Justicia del juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Jaén, doy fe.
Se hace saber a la parte ejecutada que la demanda y documentación se encuentra a su disposición en este Juzgado.
Lo acuerda y firma, la Letrada de la Administración de Justicia del juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Jaén, doy fe.
Jaén, 19 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA INMACULADA BAREA COBO
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