Juzgado de lo Mercantil Nº 17 de Madrid
Dirección: Calle GRAN VÍA 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Teléfono: 917201073
Correo electrónico: mercantil17@madrid.org
Concursal
Número: 633/2022
Auto
Fecha: 17/10/2022
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: 15 dias
Acreedores de Product of Seafood King Oceanos SL
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
AUTO EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: Dña. SOFIA GIL GARCIA Lugar: MadridFecha: 17 de octubre de 2022.
HECHOS
ÚNICO. El día 19 de septiembre de 2022 se presentó – recibida el 5 de octubre de2022- por D.ª María de las Mercedes Blanco Fernández, Procuradora de los Tribunalesy de la mercantil Product of Seafood King Oceanos S.L. con CIF B- 87093126, sepresentó solicitud de declaración de concurso voluntario informando que se encuentraen situación de insolvencia actual o inminente y que carece de masa activa suficientepara pagar los créditos contra la masa que se van a generar por la sola tramitación delconcurso, quedando los autos en poder del proveyente, para resolver lo que proceda en derecho.
PARTE DISPOSITIVA
DECLARO EL CONCURSO VOLUNTARIO de la sociedad Product of SeafoodKing Oceanos S.L. con CIF B- 87093126 De la solicitud se aprecia que el deudor cuenta con un pasivo de 1.035.522,15 euros y que carece de masa activa con suficiente valor de realización.
Remítase esta resolución, de forma remisión telemática, al «Boletín Oficial del Estado»para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único.
Procédase, asimismo, a su publicación, en el Registro público concursal conllamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivoa fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación deledicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para quepresente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:
1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actosperjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.
2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social deresponsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, dela persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la personajurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias delcargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea sudenominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedadcuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o variosconsejeros delegados.
3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado deculpable.
Si dentro del mencionado plazo, ningún legitimado formula esa solicitud, se procederá ala conclusión del concurso con los efectos previstos en el art. 485 TRLC.
Notifíquese esta resolución al deudor, a las partes comparecidas, a la TGSS y a laAEAT.
Notifíquese la presente resolución a los trabajadores, que deberá realizarla la Procuradora Dña. MARIA DE LAS MERCEDES BLANCO FERNANDEZ, quien deberá acreditar la notificación al Juzgado.
Expídase por el Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado alRegistro Mercantil de Madrid, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, paraque proceda a la inscripción de la declaración del concurso.
Fórmese la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.
Este auto producirá efectos inmediatos y tendrá fuerza ejecutiva, aunque no sea firme (art. 32).
Contra este auto cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN en un plazo de 5 díasante este mismo Juzgado, para cuya admisión a trámite será preciso acreditar laconsignación de un depósito previo de 25 euros en la cuenta de consignaciones ydepósitos de este juzgado (art. 546 TRLC).
Madrid, 18 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GUSTAVO ADOLFO CARASA ANTON
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