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Documento BOE-J-2022-448283

MADRID. Edicto de 18 de octubre de 2022 en procedimiento concursal número 316/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 253, de 21 de octubre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-448283

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 17 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917201073

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 316/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 14/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

Acreedores del concursado D. Francisco Felipe Fernández Hernández

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PROVIDENCIA

LA MAGISTRADA JUEZ QUE LA DICTA: Dña. SOFIA GIL GARCIA.

Lugar: Madrid.

Fecha: 14 de octubre de 2022.

El anterior informe de la administración concursal, junto con los documentos anejos al mismo, únase a los autos de su razón, y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 294, 297 y 298 del TRLC procédase a:

1.- Notificar a quienes se hubieran personado en el concurso en la dirección señalada a efectos de notificaciones y publicar en el Registro público concursal y en el tablón de anuncios del juzgado.

2.- La administración concursal remitirá telemáticamente copia del informe y de los documentos complementarios a aquellos que hubiesen comunicado sus créditos de cuya dirección electrónica tenga constancia, estén o no incluidos en la lista de acreedores.

3.- El plazo para impugnar para quienes hubieran recibido la notificación del juzgado de la presentación del informe se contará desde la recepción de esa notificación. Para los demás legitimados interesados el plazo de diez días se computará desde la última publicación de entre las establecidas por la ley o, en su caso, acordadas por el juez.

4.- La impugnación del Inventario podrá consistir en la solicitud de la inclusión o de la exclusión de bienes o derechos, o del aumento o disminución del avalúo de los incluidos y la impugnación de la Lista de acreedores podrá referirse a la inclusión o a la exclusión decréditos, así como a la cuantía o a la clasificación de los reconocidos.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICION en el plazode cinco días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la L.E.Civil), previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 5515-0000-00-0316-22 de esta OficinaJudicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en BANCO DESANTANDER. Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 17 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 5515-0000-00-0316-22. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O.1/2009 Disposición Adicional 15).

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

Madrid, 18 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GUSTAVO ADOLFO CARASA ANTON

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