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Documento BOE-J-2022-427058

MÁLAGA. Edicto de 3 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 875/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 241, de 7 de octubre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2022-427058

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951938529

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.2.Malaga.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 875/2020

NIG: 2906742120200036386

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 24/02/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5

DESTINATARIOS

LEOPOLDO BENOIT PASTOR - NIF/NIE: ***6200**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PROVIDENCIA DE LA MAGISTRADO-JUEZ Dña./ MARÍA JOSÉ GALIANO NIEVES

En Málaga, a veinticuatro de febrero de dos mil veintidós.

No habiendo comparecido la parte demandada LEOPOLDO BENOIT PASTOR, dentro del plazo para contestar a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se declara a dicha parte en situación de rebeldía procesal.

notifíquesele esta resolución por edictos, fijando copia de esta resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de resolución que ponga fin al proceso y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 498 cuando se tenga conocimiento del lugar en que puedan encontrarse.

Contra esta resolución cabe recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

Málaga, 3 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA ISABEL DEL POZO AGUILAR

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