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Documento BOE-J-2022-427057

MADRID. Edicto de 4 de octubre de 2022 en procedimiento civil número 88/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 241, de 7 de octubre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-427057

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 18 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917200819

Correo electrónico: mercantil18@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 88/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

TORPER KJETIL BROEDREMOEN - NIF/NIE: ****3168*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, por no ser conocido el domiciliodel ejecutado D./Dña. TORPER KJETIL BROEDREMOEN, se ha acordado la publicación delpresente edito para llevar a efecto la notificación del auto y decreto de dictados en laspresentes actuaciones, cuyas partes dispositivas son del tenor siguiente:

“AUTO:

PARTE DISPOSITIVA

SE DESPACHA ejecución a instancias de PROCURADOR D./Dña. IGNACIOMELCHOR ORUÑA en nombre y representación de CENTRAL DE INVERSIONESCOTO INDUSTRIAL S.L. parte ejecutante, frente a D./Dña. TORPER KJETIL BROEDREMOEN parte ejecutada, por las siguientes cantidades 25.392, 80 euros, más losintereses y costas devengados en el JV 83/2020 y su posterior ejecución 22/2021, seguidosen el Juzgado de Instancia nº 3 de Majadahonda, más la suma de 7.617,84 euros, que se fijanprovisionalmente para intereses y costas que puedan devengarse durante la ejecución, sinperjuicio de su posterior liquidaciónEn caso de embargos de sueldos y pensiones que perciba el ejecutado, se fija poreste Tribunal la cuantía del 75% de su importe, en aplicación delo establecido en el art. 608de la LEC.El presente auto junto con el decreto que dictará el/la Letrado/a de la Admón. deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C.Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (Art 551.2 LEC),sin perjuicio de que el/los deudor/res pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro delos DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este Auto.

DECRETO:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda el embargo de los siguientes bienes y derechos del ejecutado D. TORPERKJETIL BROEDREMOEN, con identificación Y4893168R, para responder de lasresponsabilidades de la presente ejecución que asciende a la suma de 25.392,80 euros, máslos intereses y costas devengados en el JV 83/2020 y su posterior ejecución 22/2021,seguidos en el Juzgado de Instancia nº 3 de Majadahonda, más la cantidad de 7.617,84 eurosque se fijan provisionalmente para costas e intereses:- Saldos a la vista de cuentas bancarias en los bancos, cajas de ahorro, y entidadesfinancieras, que han suscrito el convenio con el CGPJ del servicio de embargo de cuentasbancarias, líbrese el correspondiente mandamiento telemático a través de la aplicación de laCuenta de Consignaciones, déjese constancia del mismo en el procedimiento.- Derechos de crédito frente la A.E.A.T., líbrese el correspondiente mandamientotelemático a través de la aplicación de la Cuenta de Consignaciones, déjese constancia delmismo en el procedimiento y apúntese en la carpeta a fin de levantarse cuando seaprocedente.- Los saldos, derechos económicos y retribuciones económicas salariales o nosalariales de los que fuera acreedor el demandado por el cargo que ostenta en las entidadesmercantil NORDIC LIFRE GLOBAL SL con CIF: B87986832 y la mercantil PORTOBRAZIL GLOBAL SL, con CIF: B8752010.- Los dividendos a favor del demandado por el cargo que ostenta en las entidades indicadas.Contra la presente resolución cabe interponer recurso directo de REVISION en elplazo de cinco días desde su notificación, ante este Juzgado, expresando la infracción en quela resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y 454.2 bis y siguientesde la L.E.C), previa constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 5516-0000-05-0088-22 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abiertaen BANCO DE SANTANDER.Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlasen la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campobeneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 18 de Madrid, y en el campo observaciones oconcepto se consignarán los siguientes dígitos 5516-0000-05-0088-22No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O.1/2009 Disposición Adicional 15).”Y para que sirva de notificación a TORPER KJETIL BROEDREMOEN expido yfirmo la presente, haciéndole saber que tiene a su disposición el decreto y auto citados, asícomo la demanda, en la Secretaría de este Juzgado.

Madrid, 4 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA LUISA PARIENTE VELLISCA

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