Está Vd. en

Documento BOE-J-2022-423673

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 3 de octubre de 2022 en procedimiento concursal número 480/2010.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 240, de 6 de octubre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2022-423673

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621448

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 480/2010

NIG: 1204066220100000580

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 29/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: firme

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D./Dª. Mª DE LAS MERCEDES CHECA MOYA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. UNO de CASTELLON, en cumplimiento de lo dispuesto en los articulos 35, 553 y 554 TRLC, HAGO SABER:

PRIMERO: Que por Auto de fecha 29/09/22, dictado en el procedimiento de CONCURSO ABREVIADO [CNA], nº000480/2010, N.I.G. nº 12040-66-2-2010-0000580, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del CONCURSO VOLUNTARIO y ORDINARIO que se ha seguido frente al deudor "PROMO PERAL VINAROS SL" con domicilio en Vinaros ,Avenida Pablo Ruiz Picazo nº 74-2ºA y C.I.F. número B-12719571

SEGUNDO: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

PARTE DISPOSITIVA:

"...1. Se declara la CONCLUSIÓN del presente concurso de PROMO PERAL VINAROS SL así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia.

2. Se declara aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal.

3. En particular, se acuerda la EXTINCIÓN de la entidad PROMO PERAL VINAROS SL disponiendo la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y demás registros públicos que corresponda.

El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 35.1 TRLC y en el artículo 36 TRLC (artículo 482 TRLC).

A efectos de la cancelación de inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 485 de la LC).

Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 481 TRLC.

 

MAGISTRADO LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA..."

 

 

En Castellón, a veintinueve de septiembre de dos mil veintidós

 

Castelló de la Plana, 3 de octubre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid