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Documento BOE-J-2022-296426

MADRID. Edicto de 22 de junio de 2022 en procedimiento concursal número 118/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 154, de 28 de junio de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-296426

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930562

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 118/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 26/04/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Buffer Pacific s.l. . B88213517

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, hace saber:

1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 118/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0099186, por auto de fecha 26 de abril de 2022, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el

procedimiento abreviado, a BUFFER PACIFIC SL, con nº de identificación B88213517 y domiciliado en Las Rozas (Madrid) Avenida de Marsil nº 95

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el Texto Refundido de la Ley Concursal, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es D. Javier Gaspar Puig, Abogado, con domicilio postal en Madrid C/ Gran vía nº 22, duplicado, 3º derecha , y dirección electrónica jgaspar@prolegue.com ello para que los acreedores, a su elección,

efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 28.1.5º del Texto Refundido de la Ley Concursal , en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es

www.publicidadconcursal.es

Madrid, 22 de junio de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZ

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