Visto el expediente AT-15320/22, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
• Peticionario: Palacio Quemado Solar II, S.L.
• Domicilio: Pº Club Deportivo, 1, Edif. 11, Planta Baja. 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
• Términos municipales afectados: Sanlúcar de Barrameda (Cádiz)
• Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 12/12/2022, la sociedad mercantil Palacio Quemado Solar II, S.L. (el titular), solicita Autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada "La Gallarda" (la instalación), ubicada en el término municipal de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia.
SEGUNDO.- Con fecha 29/05/2023, el titular solicita Declaración en concreto de Utilidad Pública para la instalación, aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia.
TERCERO.- Con fecha 25/03/2024, el titular solicita el desistimiento de la Autorización Administrativa de Construcción. Dicho desistimiento también implica la paralización de la Declaración de Utilidad Pública.
CUARTO.- Con fecha 05/07/2024 esta Delegación Territorial emitió, RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS EN CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA A INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN "PSFV LA GALLARDA".
QUINTO.- Con fecha 23/10/2024, el titular presenta proyecto modificado de la instalación.
SEXTO.- Con fecha 27/02/2025, el titular presenta nueva Relación de Bienes y Derechos afectados para continuar con la tramitación de la Autorización Administrativa de Construcción y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del expediente.
SÉPTIMO.- De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), se sometió el expediente a información pública para la Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, insertándose anuncios en:
• BOP de la provincia de Cádiz número 133, de fecha 15 de julio de 2025.
• BOJA número 130, de fecha 9 de julio de 2025.
• BOE número 162, de fecha 7 de julio de 2025.
• Diario de Cádiz, de fecha 4 de julio de 2025.
• Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda, con certificación expedida desde el 21 de julio al 20 de agosto de 2025.
No se han formulado alegaciones dentro del plazo.
También se sometió el expediente a información pública para la Autorización Administrativa Previa, debido a la modificación presentada expuesta en el antecedente de hecho QUINTO, insertándose anuncios en:
• BOP de la provincia de Cádiz número 185, de fecha 26 de septiembre de 2025. Habiéndose formulado alegaciones dentro del plazo por Manuel Jesús Mateo Letrán, con CIF ***3638**, alegando:
• Primera, Segunda, Cuarta, Quinta, Sexta, Séptima, Octava y Novena: Diversos aspectos negativos del proyecto, tales como impactos, afecciones, limitaciones e incompatibilidades de índole medioambiental, paisajística y de ordenación del territorio.
◦ Respuesta: Las alegaciones de carácter ambiental no serán tenidas en cuenta ya que esta resolución es de carácter sectorial energético y el trámite ambiental es Calificación Ambiental, competencia del Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda. Las alegaciones en materia paisajística y de Ordenación del Territorio no serán tenidas en cuenta al haberse emitido, en fecha 05/04/2024 por parte de la Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, informe favorable relativo a la incidencia territorial del proyecto de este expediente.
• Tercera: Proximidad del Apoyo 1 de la línea de evacuación al circuito de motocross.
◦ Respuesta: El peticionario proporcionó Declaraciones Responsables, de fecha 24/11/2022 y 04/10/2024, del técnico competente autor del proyecto en la que declara, entre otros, que el trabajo se ha ejecutado conforme a la normativa vigente de aplicación al mismo. No se tiene en cuenta la alegación.
• Décima: Improcedencia de la Declaración de Utilidad Pública por existencia de alternativas.
◦ Respuesta: El titular manifiesta que se han estudiado varias alternativas, resultando como la menos gravosa la del proyecto presentado. No se tiene en cuenta la alegación.
• Décimoprimera: Falta de Publicación del Anuncio de Modificación de la Autorización Administrativa Previa en Ayuntamiento. Defecto de notificación individual al alegante.
◦ Respuesta: Se han cumplido todos los trámites reglamentarios, específicamente, el Anuncio de Modificación de la Autorización Administrativa Previa no está publicado en el Ayuntamiento ya que solo necesita de publicación en el Boletín Oficial Provincial. Además, no hay marco normativo que implique la notificación individual en este trámite a efectos de información pública.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
• Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda
• CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
• D.T. Turismo, Cultura y Deporte
• Diputación Provincial de Cádiz
• EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES, S.L.
• D. T. de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz
• Ministerio para la Transición Ecol. y el Reto Demográfico. Dir. Gral. de Política Energética y Minas
• RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, S.A.
• D. T. de Sostenibilidad, M.A. y Econ. Azul en Cádiz. Dpto. Vías Pecuarias
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada, y se manifiesta conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia, en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación, a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos.
OCTAVO.- En fecha 14/01/2026, esta Delegación Territorial emitió "RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DIÁLOGO SOCIAL Y DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS EN CÁDIZ POR LA QUE SE DECLARA, EN CONCRETO, DE UTILIDAD PÚBLICA A INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN "PSFV LA GALLARDA", detectándose los siguientes errores materiales en la misma:
• Domicilio del peticionario.
• Nombre del Ayuntamiento en el Antecedente de Hecho Séptimo.
• Número y fecha del BOP en el Antecedente de Hecho Séptimo.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.
• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
• Decreto 158/2025, de 8 de octubre, por el que se modifica el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas
SEGUNDO.- Son de aplicación general al procedimiento:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
• Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
TERCERO.- Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
• Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
• Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
• Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
• Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
• Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
• Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
CUARTO.- Conforme a lo indicado en el artículo 3.3 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, antes de 2050 y, en todo caso, en el más corto plazo posible, España deberá alcanzar la neutralidad climática, con el objeto de dar cumplimiento a los compromisos internacionalmente asumidos y, sin perjuicio de las competencias autonómicas, el sistema eléctrico deberá estar basado, exclusivamente, en fuentes de generación de origen renovable. La instalación sobre la que se declara utilidad pública en la presente resolución viene a cubrir dichos objetivos, por lo que queda justificada la necesidad de la declaración de utilidad pública de la misma.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación:
RESUELVE
PRIMERO.- Esta Delegación Territorial, DECLARA dejar sin efectos la Resolución de fecha 14/01/2026 mencionada en el antecedente de Hecho OCTAVO.
SEGUNDO.- DECLARAR, EN CONCRETO, DE UTILIDAD PÚBLICA LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA PROMOVIDA POR LA ENTIDAD PALACIO QUEMADO SOLAR II SL según se ha descrito y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:
1.ª Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.
2.ª Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.
Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Para la imposición de servidumbre de paso sobre los bienes indicados en el apartado anterior y montes de utilidad pública, no será necesario cumplir lo dispuesto sobre imposición de gravámenes en dichos bienes en las correspondientes Leyes de Patrimonio y de Montes, sin perjuicio de las indemnizaciones correspondientes.
3.ª En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.
Las principales características de la instalación serán:
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:
Planta Solar Fotovoltaica "LA GALLARDA" de 5,379 MW de potencia instalada, 5,79 MWp de potencia máxima y 5 MW de potencia de evacuación (AT-15490/23)
Generador Fotovoltaico
• Generador fotovoltaico sobre estructuras soporte de los paneles con seguidor instaladas con el eje de giro en dirección norte-sur con movimiento de giro en dirección este-oeste (-60º/+60º).
• 8.456 módulos fotovoltaicos de 685 Wp de potencia máxima cada uno, distribuidos en series de módulos dirigidos hacia 1 centro de potencia de 5.379 kVA.
Centros de Potencia:
• 1 centro de potencia de 5.379 kVA con relación de transformación 0,69/15 kV.
• 3 inversores centrales de 1.793 kW (30ºC) cada uno.
Red de Media Tensión
• 1 circuito subterráneo de Media Tensión en 15 kV de 300 mm2 que une el Centro de Potencia con el Centro de Seccionamiento.
Red de Media Tensión desde Centro de Potencia hasta Centro de Seccionamiento
• Origen: Skid MT
• Final: CS
• Tensión: 15 KV
• Longitud: 509,16 m
• Subterráneo
• Tipo de cable: Al XLPE 12/20 kV 3x1x300 mm2
Infraestructura de Evacuación
Centro de Seccionamiento
• Parque de 15 kV: Cabinas tipo interior blindadas en gas SF6, cabinas de protección de línea, de interruptor general, de protección transformador y de medida.
• Sistema de control y protección, y puesta a tierra
• Sistema de medida y comunicaciones
Línea soterrada de 15 kV desde Centro de seccionamiento hasta Apoyo 1
• Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea.
• Tensión: 15 KV
• Longitud: 7,5 m
• Tipo Conductor: Al RHZ1-OL 12/20 kV 300 mm2
• Número de circuitos: 1
• Número de cables: 1
Línea aérea de 15 kV desde Apoyo 1 a Apoyo 3.1
• Tipo: Línea eléctrica trifásica aérea.
• Tensión: 15 KV
• Longitud: 367,61 m
• Tipo Conductor: 147-AL1/34-ST1A (LA-180).
• Número de circuitos: 1
• Número de cables: 1
Línea soterrada de 15 kV desde Apoyo 3.1 hasta Apoyo 4
• Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea.
• Tensión: 15 KV
• Longitud: 48,61 m
• Tipo Conductor: Al RHZ1-OL 12/20 kV 300 mm2
• Número de circuitos: 1
• Número de cables: 1
Línea aérea de 15 kV desde Apoyo 4 hasta Apoyo 13
• Tipo: Línea eléctrica trifásica aérea.
• Tensión: 15 KV
• Longitud: 1.891,28 m
• Tipo Conductor: 147-AL1/34-ST1A (LA-180).
• Número de circuitos: 1
• Número de cables: 1
Línea soterrada de 15 kV desde Apoyo 13 hasta SET Sanlúcar de Barrameda (punto de acceso y conexión)
• Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea.
• Tensión: 15 KV
• Longitud: 142,00 m
• Tipo Conductor: Al RHZ1-OL 12/20 kV 300 mm2
• Número de circuitos: 1
• Número de cables: 1
Conforme a los proyectos técnicos:
• "Proyecto Ejecutivo de Instalación Fotovoltaica "La Gallarda" e infraestructuras de evacuación en el T.M. de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) ", "ANEXO DE MODIFICACIÓN A PROYECTO EJECUTIVO DE INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA "LA GALLARDA" E INFRAESTRUCTURA DE EVACUACIÓN EN EL T.M. DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA (CÁDIZ) " y declaraciones responsables de 24/11/2022 y 04/10/2024.
• Técnico titulado competente: Ingeniero Industrial, Daniel Correro Cabrera, colegiado n.º 7426 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental.
• Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, Pedro González Montero, colegiado n.º 4628 del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Málaga (COPITIMA).
SEGUNDO.- Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente, a los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente y a los titulares de bienes y derechos afectados.
Asímismo, publíquese en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Tales publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas respecto de aquellos interesados que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la misma no se hubiera podido practicar.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
| Orden | NIF/CIF | Referencia catastral | Polígono | Parcela | Termino municipal | Paraje | Naturaleza del terreno | Superficie (m2) | Superficie vallado (m2) | Longitud aéreo (m) | Serv. de paso (m2) | Longitud subterráneo (m) | Tramo subterraneo (m2) | Nº apoyos | Apoyo | Ocupación temporal (m2) | Ocupación permanente (m2) |
| 1 | F11083011 | 11032A00600005 | 6 | 5 | Sanlúcar de Barrameda | MARISMA DEL TUREL | Agrícola | 41.294 | 60,95 | 1005,8 | |||||||
| 2 | Q4117001J | 11032A00609011 | 6 | 9011 | Sanlúcar de Barrameda | CANAL | Camino | 3.102 | 4,97 | 79 | |||||||
| 3 | F11083011 | 11032A00600004 | 6 | 4 | Sanlúcar de Barrameda | MARISMA DEL TUREL | Agrícola | 10.871 | 3,16 | 51,15 | |||||||
| 4 | P1103200J | 11032A00609006 | 6 | 9006 | Sanlúcar de Barrameda | CNO.POZO DEL TUREL | Camino | 28.284 | 12,37 | 196,06 | |||||||
| 5 | F11083011 | 11032A00600001 | 6 | 1 | Sanlúcar de Barrameda | MARISMA DEL TUREL | Agrícola | 26.226 | 190,33 | 2711,74 | 2 | 2 y 3 | 357,86 | 22,8 | |||
| 6 | S4111001F | 11032A00609001 | 6 | 9001 | Sanlúcar de Barrameda | CTRA. | Carretera | 73.007 | 34 | 479,99 | |||||||
| 7 | F11083011 | 11032A02700011 | 27 | 11 | Sanlúcar de Barrameda | MARISMA DEL TUREL | Agrícola | 78.115 | 91,56 | 1395,12 | 48,61 | 14,58 | 2 | 3.1 y 4 | 357,86 | 22,8 | |
| 8 | G11579893 | 11032A02609001 | 26 | 9001 | Sanlúcar de Barrameda | CTRA. DE TREBUJENA | Camino | 42.200 | 36,82 | 623,88 | |||||||
| 9 | 31436386D | 11032A02600037 | 26 | 37 | Sanlúcar de Barrameda | CORTIJO LA FUENTE | Agrícola | 1.368.056 | 1793,64 | 30474,15 | 134,33 | 40,299 | 9 | 5,6,7,8,9,10,11,12,13 | 1576,59 | 122,03 | |
| 10 | B82846817 | 11032A02600206 | 26 | 206 | Sanlúcar de Barrameda | CORTIJO LA FUENTE | Subestación | 2.344 | 7,68 | 2,304 | 17,66 | 4,61 | |||||
| Total | 0 | 2.227,80 | 37016,89 | 190,62 | 57,183 | 2.309,97 | 172,24 |
Cádiz, 3 de febrero de 2026.- La Delegada Territorial en Cádiz, María Inmaculada Olivero Corral.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid