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Documento BOE-B-2026-6732

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, el proyecto denominado «Línea aérea de alta tensión s/c LA-110 Los Reinosos Lomas de Los Arévalos», en los términos municipales de Cádiar y Ugíjar (Granada).

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 5 de marzo de 2026, páginas 10566 a 10571 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2026-6732

TEXTO

En relación con dicho asunto consta en el expediente (E-6703) los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 4 de noviembre de 2024, por parte de la entidad Eléctrica del Guadalfeo, S.L., con CIF n.º B18000224 y domicilio en la calle Santa Lucía nº 1K de Churriana de la Vega (Granada), se presentó escrito y otra documentación solicitando la declaración, en concreto, de la utilidad pública de la instalación denominada «Línea aérea de alta tensión s/c LA-110 Los Reinosos Lomas de Los Arévalos», en los términos municipales de Cádiar y Ugíjar (Granada).

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se remitió la separata del proyecto, solicitando informe, como entidades afectadas a los Ayuntamientos de Cádiar y Ugíjar; Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda; Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural; E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.; Red Eléctrica de España; y Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Recibidos los correspondientes informes, consta la conformidad del promotor ante los condicionantes establecidos.

Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado de fecha 17 de diciembre de 2025, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de fecha 28 de noviembre de 2025 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de 4 de diciembre del mismo año. Igualmente, se publicó en el diario Granada Hoy el día 9 de diciembre 2025, se expuso en el tablón de anuncios de cada Ayuntamiento afectado por el plazo establecido y se publicó el anuncio con su memoria en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. Salvo error u omisión, no consta que se hayan recibido alegaciones.

Cuarto.- Con fecha 11 de mayo de 2025, mediante resolución de esta Delegación Territorial, se concedió respecto de dicho proyecto, la correspondiente autorización administrativa previa y de construcción.

Fundamentos de Derecho

Primero- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Orden de 28 de marzo de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería, cuya disposición quinta delega en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, en sus respectivos ámbitos «7. En materia de expropiación forzosa, la tramitación y resolución de los procedimientos de expropiación forzosa, en todas sus fases, cuando la expropiación afecte a bienes situados en una sola provincia». Por lo cual, esta resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas.

Segundo.- El procedimiento para la declaración, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas se encuentra regulado en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, antes citado. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.1 la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, «la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa». El número siguiente continúa estableciendo que «Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública».

Tercero.- Respecto de la servidumbre de paso, el artículo 57 de la Ley 24/2013 establece lo siguiente: «1. La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la presente ley y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable. 2. La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 3. La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 4. Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario».

Por todo lo cual y, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación

Resuelvo

Primero.- Declarar, en concreto, de utilidad pública, la instalación eléctrica promovida por la entidad Eléctrica del Guadalfeo, S.L., denominada «Línea aérea de alta tensión s/c LA-110 Los Reinosos Lomas de Los Arévalos», en los términos municipales de Cádiar y Ugíjar (Granada), según se describe en el Antecedente de Hecho Primero y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado anexo, con las siguientes condiciones:

1ª. Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.

2ª. Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.

3ª. En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

Segundo.- Ordenar la notificación de la presente resolución al solicitante, a las Administraciones u organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que informaron o debieron informar durante su tramitación, a los titulares de bienes y derechos afectados y a los restantes interesados en el expediente, así como, su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada. Tales publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas respecto de aquellos interesados que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la misma no se hubiera podido practicar.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado «Línea aérea de alta tensión s/c LA-110 Los Reinosos Lomas de Los Arévalos», en los términos municipales de Cádiar y Ugíjar (Granada). E-6703.

Finca

S/Proy.

T.M.

POL.

PARC.

OCUPACIÓN APOYOS (m²) (Nº)

OCUPACIÓN CANALIZACIÓN SUBTERRÁNEA (m²)

OCUPACIÓN SOBREVUELO CONDUCTORES (m²)

OCUPACIÓN TEMPORAL PARA ACCESOS Y OBRAS (m²)

USO DEL TERRENO

(según Catastro)

TITULARES SEGÚN CATASTRO

NIF/Nombre, en caso de desconocerse NIF/Razón social

1

Cádiar

4

187

3,31 (1)

64,55

800,09

374,06

Almendro secano

74721683L

74632702W

74632703A

74718978M

2

Cádiar

4

9008

260,90

Vía comunicación dominio publico

Junta de Andalucía

3

Cádiar

5

14

1,42 (2)

807,02

27,43

Almendro secano y pastos

74721683L

74632702W

74632703A

74718978M

4

Cádiar

5

9016

102,98

Improductivo

Ayuntamiento Cádiar

5

Cádiar

5

15

245,52

Pastos

Junta de Andalucía

6

Cádiar

5

9027

199,14

Vía comunicación dominio publico

Junta de Andalucía

7

Cádiar

5

75

720,73

Almendro secano y labor o labradío secano

74714114V

8

Cádiar

5

9001

70,37

Improductivo

Ayuntamiento Cádiar

9

Cádiar

8

73

563,92

Matorral y almendro secano

24217921W

10

Cádiar

8

76

3,03 (3 y 4)

7.371,59

18,82

Matorral, almendro secano, higueras secano y labor o labradío secano

24068363J

74569678K

11

Cádiar

8

77

33,32

Olivos secano

José Fernández Alcalde

12

Cádiar

8

91

202,76

Almendro secano

24216747R

13

Cádiar

8

78

217,03

200,92

Almendro secano y matorral

24217921W

24274315T

14

Cádiar

8

92

29,75

Matorral

74632962D

74714065Z

15

Cádiar

8

72

3,11

(5 y 6)

8.150,53

194,54

Matorral

74708446F

Herederos de Manuel Rodríguez Sánchez

16

Cádiar

8

89

197,7

Matorral

24154214M

17

Cádiar

7

9011

345,39

Improductivo

Ayuntamiento Cádiar

18

Cádiar

7

1

1,32 (7)

2.802,07

16,53

Higueras secano y matorral

74708446F

Herederos de Manuel Rodríguez Sánchez

19

Cádiar

8

69

3,21 (8, 9 y 10)

5.700,56

407,97

Matorral

74708446F

Herederos de Manuel Rodríguez Sánchez

20

Cádiar

8

68

1,8 (11)

1.821,04

Labor o labradío secano

Herederos de Manuel Rodríguez Sánchez

21

Cádiar

8

61

7.028,07

Matorral

24101604L

74711723H

22

Cádiar

8

56

950,26

Almendro secano y olivos secano

Herederos de Antonio Rodríguez Sánchez

23

Cádiar

8

88

2,25 (12)

6.403,67

239,14

Almendro secano

74709930L

24

Cádiar

8

48

781,30

Almendro secano

74709930L

25

Cádiar

8

57

526,15

Almendro secano

X8208941B

X8208928K

26

Cádiar

8

87

3.832,34

Almendro secano

24189822D

27

Ugíjar

15

140

1,96 (13)

3.837,66

223,83

Almendro secano

24189822D

28

Ugíjar

15

139

1,80 (14)

3.778,73

179,97

Higueras secano, pastos, labor o labradío secano, improductivo y viña secano

Carmen Mellado Pintor

29

Ugíjar

15

138

2.232,29

Higueras secano, almendro secano, labor o labradío secano, improductivo y pastos

X8110645V

X8110624L

30

Ugíjar

15

9009

103,13

camino

Ayuntamiento Ugíjar

31

Ugíjar

15

135

1,42 (15)

1.340,19

32,06

Improductivo

X8110645V

X8110624L

32

Ugíjar

15

136

1.884,12

Pastos

74589645R

33

Ugíjar

15

137

380,68

Viña secano

74713479A

34

Ugíjar

15

146

490,74

Almendro secano

24101269Y

35

Ugíjar

15

9008

85,83

camino

Ayuntamiento Ugíjar

36

Ugíjar

15

125

19,75

234,77

Pastos, improductivo y viña secano

74589645R

37

Ugíjar

15

124

1 (16)

1.254,54

62,83

Higueras secano

24101269Y

38

Ugíjar

15

122

1,44 (17)

1.109,12

6

Almendro secano

74713479A

39

Ugíjar

15

121

1.481,26

81,58

Higueras secano y pastos

Herederos de María Cristina Mellado Pintor

40

Ugíjar

15

120

441,18

73,88

Almendro secano e Improductivo

24213783G

41

Ugíjar

15

119

535,82

50,13

Higueras secano, almendro secano e improductivo

Herederos de Francisco Ruiz López

42

Ugíjar

15

90

4,43 (18, 19 (1/2) y 21))

3.951,75

566,39

Almendro secano, pastos, olivos regadío, improductivo y matorral

74710948W

43

Ugíjar

15

167

1,42 (19 (1/2))

832,03

6

Higueras secano y pastos

Herederos de María Cristina Mellado Pintor

44

Ugíjar

15

166

3.567,70

86,34

Pastos

Herederos de José Jiménez Martínez

45

Ugíjar

15

165

2.327,41

85,39

Almendro secano y pastos

02531160X

46885572A

46885573G

46

Ugíjar

15

164

1,42(20)

1.848,83

157,02

Higueras secano y pastos

23564070H

47

Ugíjar

15

161

135,03

Almendro secano y pastos

Fernando Sánchez Moreno

48

Ugíjar

15

160

2.281,77

231,73

Almendro secano, pastos, improductivo y matorral

Buildingcenter SAU

49

Ugíjar

15

81

41,84

Almendro secano, pastos y matorral

Herederos de Fernando Peñafiel Martínez

50

Ugíjar

15

89

1.133,44

Almendro secano

Herederos de José Jiménez Martínez

51

Ugíjar

15

87

5.965,67

Almendro secano y pastos

Herederos de María Carmen Tovar Roda

52

Ugíjar

15

82

1,42 (22)

1.250,34

51,02

Almendro secano

Herederos de Angustias Martínez Fernández

53

Ugíjar

15

178

39,46

Almendro secano e Higueras secano

Herederos de Antonio Moreno Donaire

54

Ugíjar

15

83

1.551,35

32,6

Almendro secano

74713448H

55

Ugíjar

15

52

797,09

51,67

Almendro secano y pastos

23541262A

Herederos de Esteban Pelegrina Ruiz

56

Ugíjar

15

53

1,42 (23)

733,77

56,03

Almendro secano

Santiago Martínez Jiménez

57

Ugíjar

15

54

762,64

38,75

Almendro secano y pastos

74710612B

58

Ugíjar

15

56

259,15

Almendro secano y pastos

Rafael Jiménez Ruiz

59

Ugíjar

15

58

1.428,58

78,17

Almendro secano

Juan Jiménez Ruiz

60

Ugíjar

15

57

1.062,95

27,33

Almendro secano y pastos

Santiago Jiménez Ruiz

61

Ugíjar

15

61

1.418,28

64,72

Almendro secano

23642400X

62

Ugíjar

15

62

1,21(24)

753,24

49,99

Almendro secano y pastos

24129268Z

63

Ugíjar

15

63

1.779,69

6

Almendro secano y pastos

74569556Z

64

Ugíjar

15

70

838,60

Matorral, pastos, olivos regadío y olivos secano

74589989T

65

Ugíjar

15

65

42,41

Almendro secano

74710570S

66

Ugíjar

14

9022

703,61

camino

Ayuntamiento Ugíjar

67

Ugíjar

14

231

1.896,03

Matorral

Agustín Fernández Ortega

Herederos de José Fernández Ortega

68

Ugíjar

14

232

1.681,83

Almendro secano

María Sánchez Curvina

69

Ugíjar

14

234

2.909,12

Matorral

Concepción Díaz Jiménez

70

Ugíjar

14

239

1,21 (25)

859,78

16,55

Matorral

Herederos de Esteban Martínez Soto

71

Ugíjar

14

293

31,26

Matorral y almendro secano

Elías Moreno Rivas

72

Ugíjar

14

233

147,89

Almendro secano

Juan Peña López

73

Ugíjar

14

292

102,74

Almendro secano

Herederos de Manuel Puga Moreno

74

Ugíjar

14

295

30,35

Almendro secano

Herederos de Margarita Moreno Rivas

75

Ugíjar

14

296

94,12

Almendro secano

74589995Y

76

Ugíjar

14

249

154,1

Matorral y almendro secano

Herederos de María Ruiz Gualda

77

Ugíjar

14

240

2.060,69

Matorral

Juan Peña López

78

Ugíjar

14

238

700,30

Matorral y labor o labradío regadío

Juan Peña López

79

Ugíjar

14

244

490,53

Matorral

Alberto Márquez Martínez

80

Ugíjar

14

243

1.565,87

Olivos regadío

Herederos de Angustias Martínez Fernández

81

Ugíjar

13

9002

598,17

Improductivo

Junta de Andalucía

82

Ugíjar

13

1

2.806,36

Olivos regadío y pastos

24102064L

83

Ugíjar

13

2

3,94

Olivos regadío y pastos

Purificación Moreno Sánchez

84

Ugíjar

13

60

677,80

Almendro secano

24102064L

85

Ugíjar

13

325

1,42 (26)

519,94

9

Almendro secano

Fernando Moreno López

86

Ugíjar

13

326

4,36

Almendro secano

23607817L

87

Ugíjar

13

59

1.640,41

35,54

Olivos secano

Fernando Moreno Sánchez

88

Ugíjar

13

58

97,40

Almendro secano

74569558Q

89

Ugíjar

13

54

139,42

Almendro secano

38688261F

90

Ugíjar

13

9009

263,89

Improductivo

Ayuntamiento Ugíjar

91

Ugíjar

13

9012

148,31

Improductivo

Junta de Andalucía

92

Ugíjar

13

68

8,51

Almendro secano

Fernando Moreno Sánchez

93

Ugíjar

13

70

1,21 (27)

2.555,64

85,37

Almendro secano

23541343S

94

Ugíjar

13

71

933,76

Almendro secano

74569545A

95

Ugíjar

13

72

1,42 (28)

540,03

43,38

Almendro secano

Adelaida Montoro Peñafiel

96

Ugíjar

13

81

1,42 (29)

472,96

Matorral

24123753L

97

Ugíjar

13

82

890,07

Almendro secano y pastos

74569545A

98

Ugíjar

13

83

1.002,81

Olivos secano y pastos

En investigación

99

Ugíjar

13

9010

182,69

19,41

camino

Ayuntamiento Ugíjar

100

Ugíjar

13

85

1.598,87

Olivos secano y matorral

Herederos de Dolores Jiménez Martínez

101

Ugíjar

13

88

208,01

Olivos regadío

24071214N

102

Ugíjar

13

87

289,97

Olivos regadío

24071214N

103

Ugíjar

13

89

487,59

Olivos regadío

24071214N

104

Ugíjar

13

90

972,64

63,52

Olivos regadío

24071214N

105

Ugíjar

13

91

135,78

Improductivo

Comunidad de regantes Gamonal

106

Ugíjar

13

92

1,42 (30)

331,73

6

Olivos regadío

74713449L

107

Ugíjar

13

96

155,52

Olivos regadío

27203917T

Herederos de Fernando Peñafiel Martínez

108

Ugíjar

13

97

379,29

Olivos regadío

23665573E

109

Ugíjar

13

98

357,35

Olivos regadío

23468007A

110

Ugíjar

13

99

308,63

Olivos regadío

24141911F

111

Ugíjar

13

102

1.062,89

Olivos regadío

08906837H

112

Ugíjar

13

9013

145,76

Improductivo

Junta de Andalucía

113

Ugíjar

13

103

54,84

Olivos regadío

24110451B

24063399V

114

Ugíjar

13

169

502,09

32,13

Olivos regadío

02531160X

46885572A

46885573G

115

Ugíjar

13

172

644,42

Olivos regadío

Herederos de Aurelia Ruíz Jiménez

116

Ugíjar

13

170

1,42 (31)

435,93

16,56

Olivos regadío

24202073

24231080M

74714456Z

117

Ugíjar

13

168

134,08

Olivos regadío y almendro regadío

02531160X

46885572A

46885573G

118

Ugíjar

13

171

628,48

Olivos regadío

Juan Martínez López

119

Ugíjar

13

173

4,84 (32)

902,72

20,7

Olivos regadío

02531160X

46885572A

46885573G

120

Ugíjar

13

9004

23,00

Camino

Ayuntamiento Ugíjar

121

Ugíjar

C/ Teja

2,36 (33)

7,85

Calle

Ayuntamiento Ugíjar

Granada, 27 de febrero de 2026.- Delegado Territorial, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

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