Por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 24 de mayo de 2024 se otorgó a la sociedad Elawan Energy Olmedo 1, S.L. la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "Elawan Olmedo I", de 50,064 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ramiro y Medina del Campo, en la provincia de Valladolid.
Por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 4 de marzo de 2025 se otorgó a la sociedad Elawan Energy Olmedo 1, S.L. la declaración, en concreto, de utilidad pública, para la línea eléctrica a 132 kV "SET Gomeznarro-SET Olmedo Renovables, con entrada-salida en SET El Caballero", que forma parte de las infraestructuras de evacuación de la instalación fotovoltaica "Elawan Olmedo I", de 50,064 MW de potencia instalada, en la provincia de Valladolid.
Los días 9, 10 y 15 de diciembre de 2025 tuvo lugar el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de las parcelas afectadas por las instalaciones referidas, no obstante esos días se detectó la existencia de titulares de bienes y derechos afectados, que no fueron convocados a dichos levantamientos.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, dicha declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los mismos e implica la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, según dispone el artículo 56 de la mencionada Ley 24/2013.
En su virtud, esta Delegación del Gobierno, en cumplimiento con lo dispuesto en el precitado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados cuya relación se adjunta, para que comparezcan en los lugares, los días y a las horas que se indican a continuación para, de conformidad con el procedimiento que se establece en el precitado artículo, llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, el levantamiento de las de ocupación definitiva.
El levantamiento de actas tendrá lugar los días:
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TÉRMINO MUNICIPAL |
LOCALIDAD |
LUGAR |
DÍAS |
HORA |
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La Zarza |
La Zarza |
Ayuntamiento de La Zarza |
20/10/2026 |
13:00 |
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Olmedo |
Olmedo |
Ayuntamiento de Olmedo |
21/10/2026 |
11:20 |
El interesado, así como las personas que sean titulares de cualesquiera clases de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, pudiéndose acompañar, si así lo estiman oportuno y con gastos a su costa, de peritos y notario.
Asimismo, a los efectos previstos en el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, deberán asistir inexcusablemente el/la representante de la Administración, así como el/la titular de la alcaldía del municipio donde se encuentran los bienes afectados, o el/la titular de la Concejalía en quien delegue.
A tenor de lo previsto en el precitado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se insertarán los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia, en dos de los diarios de mayor circulación y en el tablón de edictos de los correspondientes Ayuntamientos.
El orden del levantamiento de actas figurará en el tablón de edictos de los Ayuntamientos señalados y se comunicará al interesado mediante la oportuna cédula de citación, significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sirviendo como notificación en los casos de titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos, en aquellos de domicilio ignorado o aquellos en los que intentada la notificación no haya podido practicarse.
En el expediente expropiatorio, la sociedad Elawan Energy Olmedo 1, S.L., asumirá la condición de beneficiaria.
Anejo
Relación Concreta e Individualizada de Bienes y Derechos Afectados
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Línea eléctrica aérea-subterránea a 132 kV-Tramo Subterráneo |
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Ref. Catastral |
Término Municipal |
Nº Polígono |
Nº Parcela |
Titular |
Fecha |
Hora |
|
47233A00200009 |
La Zarza |
2 |
9 |
Jaime Martín Martín |
20/10/2026 |
13:00 |
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47105A00200017 |
Olmedo |
2 |
17 |
Watt Development SL |
21/10/2026 |
11:20 |
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47105A00200227 |
Olmedo |
2 |
227 |
Watt Development SL |
21/10/2026 |
11:20 |
Valladolid, 24 de septiembre de 2026.- El Delegado del Gobierno en Castilla y León, Nicanor Jorge Sen Vélez.
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