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Documento BOE-B-2025-47162

Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2025, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la primera convocatoria del programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (Programa MOVES Flotas Plus), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 20 de diciembre de 2025, páginas 75763 a 75765 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2025-47162

TEXTO

BDNS(Identif.):876683

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/876683)

Primero. Objeto.

Concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros en todo el territorio nacional y contribuirán al cumplimiento de los objetivos 506 y 507 correspondientes a la inversión 9 del componente 31 (PROGRAMA MOVES FLOTAS PLUS).

Segundo. Beneficiarios.

1. Podrán ser beneficiarios del programa:

    a) Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa).

    b) El sector publico institucional, a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

    c) Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, la ayuda se concederá a la entidad o persona jurídica que represente y gestione la agrupación o consorcio.

2. Serán elegibles los proyectos integrales para la electrificación de empresas con flotas de vehículos ligeros que permitan lograr una reducción del consumo final de energía y que incluyan al menos la tipología de actuación 1 o la tipología de actuación 4 de entre las subvencionables que se enumeran a continuación:

Actuación 1. Adquisición de vehículos eléctricos.

Actuación 2. Instalación de puntos de recarga en el aparcamiento de la flota, como parte    del proyecto de electrificación de la empresa.

Actuación 3. Costes de sistemas de gestión asociados a la electrificación de la flota.

Actuación 4. «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos.

Actuación 5. Costes del análisis de viabilidad de electrificación de la flota.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden TED/1478/2025, de 17 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (Programa MOVES Flotas Plus), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Cuarto. Presupuesto.

1. La presente convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria máxima inicial de cincuenta millones de euros (50.000.000 euros), financiados con cargo a las transferencias realizadas por el  Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a IDAE previstas en el estado de gastos de los Presupuestos Generales del Estado  de 2021, 2022 y 2023, vinculadas al cumplimiento de hitos y objetivos de la componente 1, inversión 2 del PRTR, con las adecuaciones derivadas de la aprobación del Anexo revisado de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España , por el que se crea la nueva inversión 9 dentro de la componente 31. El programa de incentivos será financiado por la Unión Europea-NextGenerationEu con el MRR.

2. Se establece un límite máximo de ayuda para los proyectos que se presenten al programa de incentivos, siendo para la Actuación 1 y 4 definida en Anexo 2.1 de la Orden TED/1478/2025, de 17 de diciembre, de 500 vehículos por solicitud, así como un mínimo de 10 vehículos por solicitud. Para la Actuación 2 el número de puntos de recarga incentivados no podrá ser superior a número de vehículos incentivados. Para la Actuación 3, se establece un límite máximo de ayuda de 60.000 € y la Actuación 5 correspondiente al estudio previo de viabilidad de electrificación, se establece un límite máximo de ayuda de 7.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

1.  Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria y su documentación podrán presentarse desde las 9:00 h del día 23 de diciembre de 2025 hasta las 12:00 horas, hora peninsular, del día 10 de febrero de 2026.

2. Sólo serán subvencionables los proyectos o actuaciones cuya ejecución se inicie en fecha posterior a la fecha de registro de la solicitud de reserva de ayuda.

Sexto. Plazos de ejecución y justificación.

1. El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda será de 18 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de ayuda.

2. El plazo máximo de justificación de la actuación será de tres meses, contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo otorgado para la ejecución de la actuación.

Séptimo. Otros datos:

1. Las solicitudes se realizarán a través del sistema telemático correspondiente alojado en el Portal de Ayudas de la sede electrónica del IDAE (https://sede.idae.gob.es/) donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.

2. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva teniendo en cuenta lo establecido por la disposición adicional vigésima sexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y conforme a lo previsto en las letras e) y g) del apartado 1 del artículo 7 del Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, en relación con lo dispuesto por el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como la Orden TED/1478/2025.

3. El IDAE, podrá conceder anticipos de las ayudas concedidas a los beneficiarios que lo soliciten, previa aportación de una garantía, y siempre y cuando se cumpla con lo dispuesto en el artículo 14, 15 y concordantes de las bases reguladoras del Programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (Programa MOVES Flotas Plus).

Madrid, 18 de diciembre de 2025.- El Secretario de Estado de Energía y Presidente del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía. Joan Groizard Payeras.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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