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Documento BOE-B-2025-24057

Extracto de la Resolución de 23 de junio de 2025, la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan subvenciones a Federaciones Deportivas Españolas para participación en los Juegos Mundiales Universitarios de Torino de Invierno y en los Juegos Mundiales de Rhine-Ruhr de Verano, dentro de la estrategia de tecnificación y promoción deportiva del Consejo Superior de Deportes.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 26 de junio de 2025, páginas 36835 a 36836 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-B-2025-24057

TEXTO

BDNS(Identif.):842083

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/842083)

Primero: Beneficiarios.

Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas ayudas las federaciones deportivas españolas que hayan participado con sus respectivos equipos en los Juegos Mundiales Universitarios de Torino de Invierno de 2025 y en los Juegos Mundiales de Rhine-Ruhr de Verano de 2025, dentro de la estrategia de tecnificación y promoción deportiva del Consejo Superior de Deportes.

Segundo: Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a federaciones deportivas españolas, destinadas a sufragar los gastos derivados por alojamiento y manutención, equipación de paseo, tasas de la FISU y gastos de arbitraje, de deportistas con licencia federativa española vigente en los Juegos Mundiales Universitarios de Torino de Invierno de 2025 y en los Juegos Mundiales de Rhine-Ruhr de Verano de 2025.

Tercero: Bases Reguladoras.

La convocatoria se regirá por la presente Resolución, la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, de bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes (BOE nº 301, de 15 de diciembre de 2012), el Estatuto del CSD, aprobado por el Real Decreto 460/2015, de 5 de junio,  la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las instrucciones de la Guía de Presupuestación y Justificación del Consejo Superior de Deportes en vigor para Federaciones Deportivas Españolas en lo que pudiera afectar y las demás normas vigentes que resulten aplicables.

Cuarto: Cuantía.

El importe de las subvenciones a repartir con cargo a esta convocatoria se fijará atendiendo al presupuesto del proyecto, a la documentación aportada por los solicitantes y a la disponibilidad de la aplicación presupuestaria del Programa 336A 483.07 "A Federaciones Deportivas Españolas para Programa Nacional de tecnificación deportiva y promoción deportiva" para el año 2025, con una cuantía máxima de 380.000,00.-euros.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse hasta el día 22 de agosto de 2025 inclusive.

En virtud de los previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, accesible en la dirección electrónica: https://sede.csd.gob.es (trámite nº 2405730_2025B (Ayudas a participación en competiciones internacionales universitarias):

https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/FichaConvocatoria.aspx?idProcedimiento=124&idRes=578

Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015.

Las ayudas deberán solicitarse mediante instancia normalizada, disponible en la Sede Electrónica del CSD, que deberá estar firmada en todo caso por el Presidente de la federación española correspondiente o representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de dicha federación. Esta solicitud deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la convocatoria de referencia.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

La dotación económica será fija y el pago de las subvenciones concedidas se realizará a partir de la fecha de su aceptación por parte del beneficiario y su abono se efectuará en un solo pago y de forma anticipada a la realización de la actividad subvencionada y sin exigencia de garantía, o con posterioridad en el caso de los campeonatos que ya se hayan celebrado con anterioridad a la fecha de Resolución definitiva.

La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará mediante cuenta justificativa presentada de conformidad con lo previsto en la convocatoria y en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, y con lo establecido en la Guía de Presupuestación y Justificación del CSD. El plazo máximo para presentar la justificación finalizará el 31 de marzo de 2026.

Madrid, 23 de junio de 2025.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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