Con fecha 27 de junio de 2016 («BOE» núm. 164, de 8 de julio de 2016), la Secretaría General de Infraestructuras del Ministerio de Fomento resolvió aprobar provisionalmente el "Estudio informativo de la línea ferroviaria Valencia-Alicante (Tren de la Costa)", e iniciar el proceso de información pública y audiencia a administraciones, a efectos tanto sectoriales como ambientales, de conformidad con lo dispuesto en la vigente Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario.
Con fecha 2 de agosto de 2017 se remitió la documentación del expediente al Ministerio de Agricultura, Pesca Alimentación y Medio Ambiente y se solicitó el inicio de la evaluación ambiental ordinaria, de acuerdo con el artículo 39 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.
Durante la tramitación ambiental del estudio informativo, se solicitó al órgano ambiental la formulación de DIA del tramo Cullera-Gandía, y no de la totalidad del estudio informativo presentado inicialmente. El motivo es la complejidad del trazado completo del Tren de la Costa, por lo que se considera necesario abordar la duplicación de este tramo con carácter prioritario.
Mediante Resolución de 17 de enero de 2025 («BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2025), de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se formuló la declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo de la línea ferroviaria Valencia-Alicante (Tren de la Costa): Tramo: Cullera-Gandía", en la que se establecen las condiciones ambientales que resultan de la evaluación ambiental practicada.
Con fecha 18 de junio de 2025, la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible ha resuelto:
Primero.- Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 5 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, en lo relativo a la tramitación y aprobación de estudios informativos.
Segundo.- Aprobar el expediente de información pública y audiencia y definitivamente el "Estudio informativo de la línea ferroviaria Valencia-Alicante (Tren de la Costa). Tramo: Cullera-Gandía". La solución definitivamente aprobada corresponde a la "Alternativa 0A".
Tercero.- Durante la redacción y aprobación de los proyectos constructivos y la ejecución de las obras, cuya competencia recae en el administrador de la infraestructura ferroviaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, deberán tenerse en cuenta las prescripciones siguientes:
- Las establecidas en la Resolución de 17 de enero de 2025 («BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2025), de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio Informativo de la línea ferroviaria Valencia-Alicante (Tren de la costa). Tramo: Cullera-Gandía".
- Las establecidas en el estudio informativo y en el expediente de información pública y audiencia.
La solución definitivamente aprobada puede consultarse en la siguiente página web:
https://www.transportes.gob.es/ferrocarriles/estudios-de-planificacion
Cuarto.- La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 20 de junio de 2025.- El Subdirector General de Planificación Ferroviaria, Francisco Javier Sánchez Ayala.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid