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Documento BOE-B-2025-20975

Extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2025 de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la convocatoria de Becas MAEC-AECID para ciudadanos de países de América Latina, África y Asia 2025-2026: Programa Escuela Diplomática.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 6 de junio de 2025, páginas 31960 a 31961 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-B-2025-20975

TEXTO

BDNS(Identif.):837449

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/837449)

Primero. Beneficiarios:

Ciudadanos de países de América Latina, África y Asia que cumplan con los requisitos establecidos en el apartado 2 de la resolución de la convocatoria.

Segundo. Objeto de la convocatoria:

Conceder becas para realizar el Máster de Formación Permanente en Diplomacia y Relaciones Internacionales de la Escuela Diplomática de España, edición 2025-2026, del 1 de octubre de 2025 al 30 de junio de 2026, a funcionarios o personal integrado en los sistemas públicos de los países relacionados en el apartado 2.1 de la resolución de la convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional (BOE núm. 99, de 26 de abril de 2005).

Cuarto Cuantía:

Cuantía total:  156.420,00 euros.

Las ayudas consisten en una dotación mensual de 1.500 euros y seguro de asistencia sanitaria en España durante el periodo de concesión de la beca.

Número máximo de beneficiarios: 11.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.  

El régimen horario del cómputo de plazos se establecerá de acuerdo con el calendario, fecha y hora oficial publicado en la Sede Electrónica de la AECID.

Sexto. Otros datos de interés.

Las solicitudes tendrán que ser cumplimentadas debida y enteramente en castellano, en el formulario correspondiente, por vía telemática, conformado en www.aecid.gob.es, de forma completa y verídica. Antes de rellenar el formulario telemático de solicitud de beca, los interesados deberán estar registrados en la sede electrónica de la AECID, carpeta del ciudadano, a efectos de identificación y notificación.

De acuerdo con el artículo 10.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, a los interesados debidamente identificados en la carpeta del ciudadano se les admitirá como firma de la solicitud el envío telemático del formulario electrónico en el que conste de manera expresa su voluntad y consentimiento.  

Solo se podrá presentar una solicitud de beca por persona.

Los solicitantes deberán adjuntar al formulario la documentación requerida en formato PDF. No se admitirá documentación en otro formato.

De acuerdo con la Orden AEC/2776/2011, de 7 de octubre es obligatoria la comunicación con la AECID utilizando sólo medios electrónicos.

Madrid, 29 de mayo de 2025.- La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Antón Leis García.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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