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Documento BOE-B-2023-17284

Extracto de la Resolución de 18 de mayo de 2023, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se formaliza la Primera Convocatoria para la concesión de ayudas a estudios de viabilidad de proyectos, de carácter innovador, para el aprovechamiento de energía geotérmica profunda, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU -Programa GEOTERMIA PROFUNDA

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2023, páginas 27498 a 27501 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2023-17284

TEXTO

BDNS(Identif.):701567

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/701567)

Primero. Beneficiarios:

1. Podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas de esta convocatoria las entidades con personalidad jurídica propia, consorcios o agrupaciones, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia según se establece en el artículo 4 de la Orden TED/467/2023, de 28 de abril.

2. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones y requisitos recogidos en las bases reguladoras para la concesión de ayudas a estudios de viabilidad de proyectos, de carácter innovador, de energía geotérmica profunda en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencias.

3. Asimismo resultará de aplicación a la presente convocatoria lo dispuesto particularmente por el artículo 13.3bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, respecto a la obtención de la condición de beneficiario por parte de aquellos solicitantes que sean sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre (EDL 2004/184272), por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, que incumplan los plazos de pago previstos en la citada ley.

Segundo. Finalidad:

Promover la realización de estudios de viabilidad geotérmicos para impulsar el conocimiento, localización y disponibilidad del recurso en el territorio nacional y, en particular, en las Islas Canarias, para favorecer el desarrollo de los primeros proyectos, de carácter innovador, de energía geotérmica profunda para producción de electricidad o usos térmicos directos contribuyendo a los objetivos marcados por el Componente 7: "despliegue e integración de energías renovables".

Tercero. Bases reguladoras:

Orden TED/467/2023, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a estudios de viabilidad de proyectos, de carácter innovador, para el aprovechamiento de energía geotérmica profunda, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextgenerationEU. (Programa Geotermia Profunda).

Cuarto. Importe:

1. La dotación presupuestaria asignada para esta convocatoria asciende a 120.000.000 euros, Este presupuesto está cofinanciado, de la siguiente forma:

El presupuesto correspondiente al Componente 7, Inversión 1, por importe de 60.000.000 euros, está cofinanciado con cargo a los fondos de IDAE previa transferencia de fondos realizada al mismo por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con lo previsto en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en los que se ha consignado dotación en la partida 23.50.420B.748 «Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 consignada dotación en la partida 23.50.42GA.748.05 «Al IDAE para el desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos», y en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, con la dotación de la partida 23.50.42.GA.748.05 «Al IDAE para el desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Complementariamente, el presupuesto correspondiente al Componente 7, Inversión 2, por importe de 60.000.000 euros, está cofinanciado con cargo a los fondos de IDAE previa transferencia de fondos realizada al mismo por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con lo previsto en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en los que se ha consignado dotación en la partida 23.50.420B.748 «Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 consignada dotación en la partida 23.50.42GB.748.06 «Al IDAE para energía sostenible en las islas», y en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, con la dotación de la partida 23.50.42.GB.748.06 «Al IDAE para energía sostenible en las islas. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2. de las bases reguladoras, la dotación presupuestaria indicada en el apartado anterior se distribuye de la siguiente forma:

a) 60.000.000 euros para la Comunidad Autónoma de Canarias, provenientes de la Inversión 2, Componente 7, que a su vez se reparte entre las siguientes islas:

- Gran Canaria: 15.000.000 euros.

- La Palma: 15.000.000 euros.

- Lanzarote: 15.000.000 euros.

- Tenerife: 15.000.000 euros.

b) 60.000.000 euros, provenientes de la Inversión 1, Componente 7 para todo el territorio nacional.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará desde el día 15 de junio de 2023 a las 9:00 horas, hasta las 13:00 horas (hora peninsular) del día 7 de septiembre de 2023.

No podrán ser objeto de ayuda las solicitudes que se hayan iniciado antes de la fecha de registro de la misma por parte del beneficiario en el programa.

Sexto. Otros datos:

1. Los estudios de viabilidad, objeto de la presente Convocatoria, deberán incluir la realización de, al menos, un sondeo profundo para el conocimiento, localización y evaluación del recurso existente en un campo geotérmico determinado, para analizar la posibilidad de llevar a cabo un proyecto de geotermia profunda, prioritariamente de media y alta temperatura para generación eléctrica o para usos térmicos directos.

2. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de acuerdo con los criterios establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria. Entre los requisitos a cumplir, se establece una profundidad mínima de sondeo de 1.000 m.

3. El importe de la ayuda total no podrá superar el límite de 15 millones de euros por estudio de viabilidad y por beneficiario según lo establecido en el artículo 4, apartado 1. s) del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

4. Las ayudas convocadas en esta resolución, entre otros posibles beneficiarios, están dirigidas a entidades con o sin personalidad jurídica que realicen actividad económica. Por ello se someterán a los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, aplicándose la exención por categoría de ayudas para la protección del medio ambiente (Sección 7).

5. Los proyectos seleccionados en esta convocatoria, conforme a las bases reguladoras, serán financiadas con el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, en la medida que las actuaciones contempladas, que se implementan a través de este programa de ayudas, se encuentran incluidas en los paquetes de actuación de la inversión 1 (C7.I1), Desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos en una cuantía de 60.000.000 euros, así como en las actuaciones de inversión 2 (C7.I2) "energía sostenible en las islas" en una cuantía de 60.000.000 euros, distribuidos en igual cuantía entre las islas de Gran Canaria, La Palma, Lanzarote y Tenerife, ambas del Componente 7 (C7), "Despliegue e integración de energías renovables", del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por las instituciones europeas competentes.

6. El IDAE, podrá conceder anticipos de las ayudas a los beneficiarios que lo soliciten, previa aportación de una garantía, y en las condiciones que se establecen en los artículos 24 y 25 de las bases reguladoras, por la que se aprueba la concesión de ayudas a estudios de viabilidad de proyectos, de carácter innovador, para el aprovechamiento de energía geotérmica profunda, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextgenerationEU. (Programa Geotermia Profunda).

7. Las solicitudes para la obtención de las ayudas se dirigirán al IDAE, y estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas alojado en la sede electrónica del IDAE (https://www.idae.es), donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.

Madrid, 18 de mayo de 2023.- La Secretaria de Estado de Energía y Presidenta del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Sara Aagesen Muñoz.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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