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Documento BOE-B-2021-599

Resolución de la Autoridad Portuaria de Sevilla por la que se prorroga concesión administrativa cuya titularidad ostenta Agencia Marítima Portillo, Sociedad Limitada.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2021, páginas 847 a 847 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2021-599

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha resuelto con fecha 30 de julio de 2020, aprobar la prórroga del plazo de la concesión administrativa para ocupar una parcela de unos 14.988 metros cuadrados perteneciente al dominio público portuario estatal y situada en la zona de servicio del Puerto de Sevilla, situada en la margen izquierda del Canal de Alfonso XIII, en la prolongación de la Avenida de las Razas, con destino al establecimiento de una terminal abierta al tráfico comercial general, que incluye las actividades de almacenamiento de graneles sólidos y mercancía general, y un muelle de atraque para la realización de la actividad de carga y descarga de dichas mercancías (E-285).

Autorizado: Agencia Marítima Portillo, Sociedad Limitada.

Modificación: Otorgamiento de una prórroga del plazo de vigencia de la misma, por un periodo de hasta el 30 de Junio de 2025, quedando sometida la concesión, una vez prorrogada, a las mismas condiciones a las que ya estaba, con las siguientes salvedades:

a) Se modifica el párrafo primero de la Condición 2.ª, que quedará redactado de la siguiente manera:

Esta concesión se otorga por un plazo de hasta el 30 de junio de 2025, salvo los derechos preexistentes y sin perjuicio de tercero.

b) Se añade una nueva Condición Adicional Decimonovena, del siguiente tenor literal:

Deben estar operativos en el ámbito de la concesión antes del 31 de octubre de 2020, y permanecer en el ámbito de la concesión hasta la finalización de la prórroga de su plazo la totalidad de los materiales, equipos, bienes e instalaciones tenidos en cuenta a los efectos del otorgamiento de la prórroga, y ello en base a mantener la inversión relevante llevada a cabo, sin que puedan ser removidos, retirados o sustituidos sin la previa solicitud motivada del titular de la concesión y la preceptiva autorización que otorgue al efecto la Autoridad Portuaria de Sevilla. El incumplimiento de esta obligación será causa de caducidad de la concesión administrativa.

Tasas a abonar: Las mismas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 16 de diciembre de 2020.- El Presidente, Rafael Carmona Ruiz.

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