El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2020, acordó otorgar a la entidad BERGÉ MARÍTIMA, S.L., con CIF número B-95524898 y domicilio en Santa Cruz de Tenerife, Avenida Tres de Mayo, 30; 2.ª Planta; Oficina n.º 8, CP 38005, licencia con carácter específico para la prestación del servicio portuario al pasaje para tráfico de cruceros en el puerto de Santa Cruz de Tenerife, por un plazo de seis (6) años y de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2017/352, por el que se crea un marco para la prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la transparencia financiera de los puertos (excepto lo dispuesto en el Capítulo II); en el TRLPEMM y en el Pliego de Prescripciones Particulares de dicho servicio (siempre y cuando no contradiga a lo establecido en el mencionado Reglamento); en la documentación presentada junto a la solicitud formulada y bajo las condiciones establecidas en el propio acuerdo de otorgamiento.
Lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se hace público para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, 21 de diciembre de 2020.- El Presidente, Carlos E. González Pérez.
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