Doña María Victoria Luna Castro, Letrada de la Administracion de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Gandía,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 184/2021 en el que se ha dictado con fecha 3 de mayo de 2021 auto declarando en estado de concurso a D.Yadir Oquendo Bueno y D.ª María Victoria Herrero Muñoz con NIF 20944698R y NIF:20038724C, respectivamente, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
Nig del procedimiento: 46131-42-1-2021-0001420
Tipo de concurso: Consecutivo. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de las personas naturales en concurso.
Concursada: D. YADIR OQUENDO BUENO y Dª MARÍA VICTORIA HERRERO MUÑOZ, ambos con domicilio en Daimús (46710 Valencia), Calle Constitución, nº 32.
Administración concursal: MARTA CABAÑAS MARTÍNEZ, con domicilio en Calle Salamanca, 39, bajo,Valencia, teléfono: 960653895/647987363, con correo electrónico: martacabanas@icav.es.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio.
También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales.
También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Gandía, 14 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Victoria Luna Castro.
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