Edicto
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,
Hago saber:
Que en la Sección I Declaración Concurso 404/2020 Y NIG nº 36038 47 1 2020 0301213, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 3 de Febrero de 2021 Auto acordando lo siguiente:
1º.- Declarar el concurso voluntario abreviado a NOROESTE SHIPPING, S.L., con CIF B-48.915.839, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Arenal núm. 18, 2º, Oficina 1, CP 36201 de Vigo (Pontevedra).
2º.- La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración concursal.
3º.- La Administración concursal designada está integrada por el Abogado D. Roberto Lois Calvo Fernández con DNI núm. 36.098.139-F, y domicilio a efectos de notificaciones en la plaza Suarez Llanos núm. 3, CP 36208 de Vigo (Pontevedra), teléfonos 986246393 y 695390797 y correo electrónico roberto@calvoiglesias.com
4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 255,256 y 257 del TRLC.
Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.
5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 512 del TRLC).
6º.- De conformidad con el artículo 552 Ley Concursal la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publican las resoluciones que traigan causa de3l concurso es la siguiente: www.publicidadconcursal.es
Vigo, 3 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.
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