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Documento BOE-B-2020-8179

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2020, páginas 10529 a 10529 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-8179

TEXTO

Edicto

Don Andrés Prada Horche, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número dos de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la Sección I, Declaración de Concurso Numero 10/2020 se ha dictado a Auto de declaración de concurso consecutivo voluntaria y apertura de fase de liquidación en fecha 4 de febrero de 2020, de la deudora doña María Belén Fernández Lopez, NIF número 11386379E, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Asturias.

2.º Se ha nombrado como Administrador Concursal a D. Pablo García-Vallaure Rivas el cual ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: Calle Cervantes 7 – 2 B - 33004 – Oviedo Correo electrónico: zahara.concursal@telecable.es, debiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una u otra, a su elección.

Dicha comunicación deberá presentarse ante el Administrador concursal en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el BOE y en el Registro Público Concursal.

3.º La deudora no conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sustituida en el ejercicio de éstas por el administrador concursal.

4.º Se pone en conocimiento de los acreedores que con la solicitud de concurso se ha presentado Plan de Liquidación, el cual está a su disposición, para su examen, en este Juzgado.

Los acreedores podrán formular alegaciones a dicho plan de liquidación, en el plazo de quince días a contar desde la última publicación de este edicto que se ha acordado publicar en el BOE y en el Registro Público Concursal.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Oviedo, 7 de febrero de 2020.- Letrado de Administración de Justicia, Andrés Prada Horche.

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