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Documento BOE-B-2020-8178

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2020, páginas 10528 a 10528 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-8178

TEXTO

Edicto

D./Dª.Ana Maria Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado Mercantil Nº 1 de Murcia, por el presente,hago saber:

1º.- Que en Sección I Declaración de concurso 42/2020 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 14/2/20 auto de declaración de concurso voluntario de Duly Electric, S.A, con C.I.F. A30626188 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Berlín, esquina Calle Oslo, Parcela-1, Polígono Industrial Cabezo Beaza, 30.353, Cartagena.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Ha sido nombrado Administrador Concursal a la sociedad Econolex Area, S.L.P., con CIF 73904260 designando como domicilio postal para la remisión de créditos en C/Fernandez Caballero, nº1, Entlo, 3.0004, Murcia, telefono868917899, y como dirección electrónica concursal@econolex.es.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5º La concursada ha solicitado la liquidación. Habiéndose acordado su tramitación conforme lo establecido en el art. 191 ter, queda a disposición el plan de liquidación presentado por el deudor en esta oficina judicial para en el plazo de diez días desde el siguiente a la publicación del edicto, los acreedores puedan realizar alegaciones.

6º.- Las resoluciones judiciales que traigan causa del concurso se les dará la publicidad legalmente establecida a través del Registro Público concursal.

Murcia, 19 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

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