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Documento BOE-B-2020-48308

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 331, de 21 de diciembre de 2020, páginas 64054 a 64054 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-48308

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento n.º 910/2020 (NIG 2906742120200036277), por auto de fecha 23 de noviembre de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CLUB DE HIELO DE BENALMADENA, S.L., con CIF B93520880, con domicilio de la actividad en Ciudad de Melilla s/n CP 29631 Arroyo de la Miel (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.

3º.- Que la Administración Concursal la integra la sociedad Solvens Capital Siglo XXI, S.L.P. con CIF n.º B93163749, con DOMICILIO en Ctra. De Cártama, 41, bloque 3, 1.º A y dirección postal 29120 en Alhaurín el Grande (Málaga), TFNO: 952595251, y con dirección de correo electrónico concursoclubdehielobenalmadena@gmail.com que designa a los efectos de comunicación de créditos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del TRLC la persona natural que representará a la referida sociedad nombrada en el ejercicio del cargo y que reúne los requisitos del artículo 63.4 TRLC es D. Juan Andrés Rueda Albarracin, provisto de DNI 33352902G, profesión letrado.

4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

7º.- El presente anuncio deja sin efecto el edicto de fecha 3 de diciembre de 2020 publicado en el BOE el día 14 de diciembre de 2020.

Málaga, 15 de diciembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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