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Documento BOE-B-2020-48307

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 331, de 21 de diciembre de 2020, páginas 64053 a 64053 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-48307

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 902/2020, (NIG 2906742120200037480), por auto de fecha 18/11/2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor MIGUEL GONZÁLEZ LUQUE, con NIF con D.N.I. 33.391.740-H domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.

3º.- Que la administración concursal la integra D. PEDRO MANN BENITO, provisto de D.N.I. 29.199.875H, de profesión letrado, que lo hace en nombre y representación de la sociedad SOLER & MANN ABOGADOS, SLP designada Administración Concursal, con CIF B 98209224. Que en cumplimiento del apartado 1 del art. 63 TRLC se designa asimismo como persona natural de la Administración Concursal designada, reseñando como domicilio y dirección postal en C/ Colón, n.º 82-5. CP 46004 Valencia, teléfono 96 306 08 66, y con dirección de correo electrónico: miguelgonzalezluque@summaiuris.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 16 de diciembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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