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Documento BOE-B-2020-26846

Extracto de la Resolución de 24 de julio de 2020, del Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria de becas de formación para la especialización en materia de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 22 de agosto de 2020, páginas 36090 a 36091 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2020-26846

TEXTO

BDNS (Identif.): 517954.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/517954).

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las becas aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que reúnan las siguientes condiciones:

a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea y de los estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ser residente legal en España en el momento de solicitar la beca y poseer plena capacidad de obrar y condominio hablado y escrito del idioma español.

b) Poseer la titulación académica requerida para cada beca en las codiciones previstas en las bases reguladoras y en las normas específicas recogidas en esta convocatoria o, en su caso, acreditar el abono de los correspondientes derechos para su expedición a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

c) Quienen presenten solicitudes deberán haber finalizado los estudios requeridos en los seis años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

d) Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud, de conformidad con el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación, y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior.

e) No ser ni haber sido becario del Consejo de Seguridad Nuclear.

f) No padecer enfermedad ni defecto físico, que impida el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.

g) Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en los términos previstos en la normativa vigente y no ser deudor por obligaciones de reintegro en subvenciones anteriores.

Segundo. Objeto.

El objeto de la presente resolución establece las bases reguladoras y efectúa la convocatoria para la concesión de becas de formación en las diversas áreas de especialización relacionadas con el ámbito competencial del organismo, que figuran desarrolladas en el Anexo I.

Tercero. Bases reguladoras.

Resolución de 24 de julio de 2020, del Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria de becas de formación para la especialización en materia de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica (BOE 7 de agosto de 2020)

Cuarto. Cuantía y duración.

El importe máximo imputable a esta convocatoria es de 31.500 €, siendo la dotación individual de cada beca de 1.223 € brutos mensuales. A este importe se le descontarán los gastos de cotización al Régimen General de la Seguridad Social en concepto de contingencias comunes y profesionales.

El número de becas concedidas será dos.

Las becas tendrán una duración inicial de doce meses, pudiendo prorrogarse por resolución del presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, en función del rendimiento personal de los becarios y de las disponibilidades presupuestarias. No obstante, en ningún caso la duración total de las becas concedidas excederá de dos años, cualquiera que haya sido la fecha de su adjudicación.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de veinte días, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 24 de julio de 2020.- El presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Josep Maria Serena i Sender.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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