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Documento BOE-B-2020-23130

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 21 de julio de 2020, páginas 30770 a 30771 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-23130

TEXTO

Edicto

Doña Cristina Mª Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores num. 000165/2019 habiéndose dictado en fecha 21 de febrero de 2020 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del juzgado de lo mercantil nº 4 de Valencia auto firme de conclusión de concurso necesario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Se decreta la conclusión del concurso abreviado y necesario (CNA) tramitado por este juzgado bajo el número de procedimiento 000165/2019, promovido por el Procurador, señora Andrés Peiró, Paula, en nombre y representación de la mercantil Instalaciones Eléctricas J. Murciano, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal, don Josep Galell Boix, con DNI nº 22523331Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil CONSTRUCCIONES MEDITERRÁNEAS SIETSO, S.L.U., con C.I.F. B97881833, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 20 de enero de 2020.

Se acuerda el alzamiento de la medida cautelar acordada por auto de fecha 12 de julio de 2019 consistente en el embargo preventivo de los bienes y derechos del Administrador único de la mercantil concursada, Juan Herrera Ramírez, en cuantía de 60.000 euros.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del juzgado, y mandamientos que se entregarán a la Procuradora, señora Andrés Peiró, Paula, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la secretaría de ése juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente líbrese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la Administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma la Ilustrísima señora, doña Mar Fernández Barjau, Magistrada-Juez de este Juzgado. Doy fe.

Valencia, 24 de febrero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Mª Valero Domenech.

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