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Documento BOE-B-2019-4901

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2019, páginas 6215 a 6215 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-4901

TEXTO

Cédula de Notificación.

Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal voluntario abreviado número 580/2017, de la entidad Gneis Capital, S.L., con CIF número B38841011, se ha dictado Auto de fecha 15 de marzo de 2018 se ha declarado el concurso, por la Juez Sonia Martínez Uceda del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife, cuyos puntos principales de su parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

"... Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por la Procuradora doña Paloma Aguirre López, en nombre y representación de la entidad mercantil Gneis Capital, S.L., CIF, número B38841011. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor Gneis Capital, S.L., con CIF número B38841011, y domicilio en La Hoya, número 40, 3, Puerto de la Cruz (Santa Cruz de Tenerife). El deudor la entidad mercantil Gneis Capital, S.L. conservara las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a S-S Auditores, S.L.P., Despacho Profesional, que reúne los requisitos del articulo 27 de la Ley Concursal. El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. En este caso, el citado deber incumbe a los administradores de la persona jurídica o a quienes hayan desempeñado el cargo en los dos años anteriores a la declaración del concurso, que es la sociedad Quality Domus Ibérica, S.L., que designa a don Vicente de Nicolás y don Francisco Javier Díaz Merino. Contra la declaración del concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso apelación. Contra los demás pronunciamientos del Auto cabe recurso de reposición por medio de escrito presentado en este Juzgado, no obstante, lo cual se llevará a efecto lo acordado, en el plazo de cinco días. Así lo dispone, manda y firma doña Sonia Martínez Uceda, Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe..." Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) y en el Registro Público Concursal. Se pone en conocimiento, que el Administrador Concursal de este procedimiento, arriba indicado, doña María Desiré Pérez Pinto, con teléfono 922.15.17.80/fax 922.57.42.99 concursal@s-sconsultores auditores.com.

Santa Cruz de Tenerife, 15 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gomez-Pablos.

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