El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento número 275/2013-8, referente al deudor MERKAMUEBLE, S.A., con C.I.F.: A-14018634, y domicilio en Sevilla, en Bollullos de la Mitación (Sevilla), Autovía Sevilla-Huelva, km. 11. por auto de fecha veintinueve de septiembre de dos mil dieciocho se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad MERKAMUEBLE, S.A., llevado en este mismo Juzgado con el número 275/2013. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este Juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad MERKAMUEBLE, S.A. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 25 de septiembre de 2018.- La Letrada de la Administracion de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
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