Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento seguido en este Juzgado con el número 317/ 11, por auto de fecha 14 de mayo de 2015 se ha acordado la conclusión del presente concurso de Jose Manuel Iglesias Iglesias DNI 71861954H y María Elsa García Méndez DNI 71864289F, al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos de los concursados ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
2.° El deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.
3.º Dicho auto acuerda: el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
Oviedo, 3 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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