Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admon. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 204/2013 habiéndose dictado en fecha 8 de junio de 2017 por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil N.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"1.-Se declara la conclusión del concurso Abreviado Voluntario, tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 204/2013, promovido por la Procuradora Sra. Muñoz Martínez, Ana, en nombre y representación de la mercantil Pavimentos Hormiton, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.-Se acuerda disponer el cese del administrador concursal Varona Asesores, S.L.P., con CIF n.º B96713417 -en la persona de D. Ignacio José Varona García-, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
4.-Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Pavimentos Hormiton, S.L., con CIF B97467104, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.
5.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 28 de abril de 2017."
Valencia, 8 de junio de 2017.- La Letrada Admon. Justicia.
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