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Documento BOE-B-2017-57466

Anuncio del Comisionado para el Mercado de Tabacos mediante el que se publica la Resolución del Subsecretario de Hacienda y Función Pública, de 18 de julio de 2017, por la que se procede a la ejecución de la sentencia de fecha 10 de mayo de 2017, recurso de casación número 3892/2014, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 5 de octubre de 2017, páginas 71115 a 71115 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-B-2017-57466

TEXTO

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó, en fecha 10 de mayo de 2017, Sentencia número 814, con carácter firme, estimando parcialmente el recurso de casación número 3892/2014 interpuesto por D. Joaquín Cuesta Portillo contra la Sentencia de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 17 de octubre de 2014, en el recurso número 1982/2011.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 35, apartado cuatro, del Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria, y se regula el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre, la resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

El Subsecretario de Hacienda y Función Pública, en ejecución de la Sentencia número 814, de 10 de mayo de 2017, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, ha resuelto:

Primero. Revocar la designación de D.ª Raquel María Soler Blázquez como adjudicataria de la Expendeduría de Tabaco y Timbre de Mislata, código de polígono 4669011, de Valencia.

Segundo. Designar en su lugar a D. Joaquín Cuesta Portillo como adjudicatario, reconociéndole el derecho al cambio del emplazamiento del local en su día ofertado para la adjudicación de la indicada expendeduría, el cual deberá cumplir los requisitos exigidos por el artículo 39 del Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria, y se regula el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre y por las normas de la convocatoria.

Tercero. Dar traslado de la presente Resolución al Comisionado para el Mercado de Tabacos, al objeto de que practique cuantas actuaciones exija el cumplimiento del fallo.

Madrid, 2 de octubre de 2017.- La Presidenta del Comisionado para el Mercado de Tabacos, P.D. (Resolución de 22 de junio de 2015, «BOE» de 25 de junio), el Jefe del Área Jurídica, Luis Gavira Caballero.

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