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Documento BOE-B-2017-35002

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 6 de junio de 2017, páginas 42083 a 42083 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-35002

TEXTO

EDICTO

Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se,

HACE SABER:

Que en el procedimiento concursal 0000103/2017, seguido a instancias de la Procuradora Dña. MÓNICA ROMERO GONZALEZ, en nombre y representación de D./Dña. GESELLSCHAFT FÚR MARKETING UND SUCH, se ha dictado Auto el día 09/05/2017, aclarado que fue por auto de 22/05/2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D./Dña. GESELLSCHAFT FÚR MARKETING UND SUCH, con CIF n.º B76104884, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de VOLUNTARIO.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. PEDRO BAUTISTA MARTÍN MOLINA, con DNI 05272672Z, como abogado y economista, el cual ha designado como domicilio postal en las Palmas, calle Abreu y Galindo, 6, 1.º, teléfono 695439719, fax 915599729, email "gfmus@legalyeconomico.com".

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento1 deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 2 de junio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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