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Documento BOE-B-2017-16143

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 14 de marzo de 2017, páginas 19047 a 19047 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-16143

TEXTO

Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Proceso Concursal 1040/2016, en el que se ha dictado con fecha 26 de enero de 2017 auto declarando en estado de Concurso a la entidad Plecime, S.L., con CIF B08676744 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2016-8008956.

Tipo de Concurso: Voluntario, se ordena la intervención de la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Plecime, S.L., con domicilio en calle Prolongación Virgen de Montserrat, s/n, nave 1 Ripollet (Barcelona).

Administración Concursal: D. Edgar López Rivas, con domicilio en Diagonal, 401, 1.º, 08008 Barcelona. Teléfono 934160011, fax 934152366, con correo electrónico elr@economistes.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán ponerse en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, el domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 26 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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