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Documento BOE-B-2016-47615

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 6 de octubre de 2016, páginas 58777 a 58778 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNAL DE CUENTAS
Referencia:
BOE-B-2016-47615

TEXTO

Departamento 2.º

DON JAIME VEGAS TORRES, Secretario en el procedimiento de reintegro por alcance n.º B-43/12, Entidades Locales Ayuntamiento de Marbella, Inf. Fisc. TCU, Ejercs. 1/01/02 a 21/04/06- "Gerencia de Compras y Contratación de Marbella"), Málaga.

Hace saber: Que en el referido procedimiento se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:

« IV.- Fallo.- Estimo la demanda interpuesta por el Ayuntamiento de Marbella, a la que se ha adherido el Ministerio Fiscal en cuanto a las pretensiones formuladas respecto al anteproyecto y rescisión del contrato del Recinto de Ferias y Exposiciones en Arroyo Primero, proyecto para la Residencia de Ancianos en el Antiguo Edificio de la Mancomunidad de Marbella, Proyecto de Urbanización del entorno del Palacio de Congresos en la calle José Meliá de Marbella y redacción del proyecto básico de viviendas municipales en la finca Arroyo I, desestimando el resto de las pretensiones formuladas y, en consecuencia:

Primero.- Declaro como importe en que se cifra el principal del alcance causado en los fondos públicos de la Sociedad Pública Municipal Gerencia de Compras y Contratación de Marbella el de un millón doscientos once mil ochenta y siete euros con noventa y siete céntimos (1.211.087,97 euros).

Segundo.- Declaro responsables contables directos y solidarios del alcance a Don Antonio Calleja Rodríguez y a la herencia yacente de Don Victoriano Rodríguez Martínez.

Tercero.- Desestimo las pretensiones de responsabilidad contable subsidiaria formuladas contra Don Esteban Guzmán Lanzat y Don Luis Francisco Rodríguez López-Sepúlveda, en relación con el alcance declarado.

Cuarto.- Condeno a Don Antonio Calleja Rodríguez y a la herencia yacente de Don Victoriano Rodríguez Martínez al reintegro de la suma en que se cifra el alcance.

Quinto.- Condeno también a Don Antonio Calleja Rodríguez y a la herencia yacente de Don Victoriano Rodríguez Martínez al pago de los intereses en los términos previstos en el fundamento de Derecho decimoprimero de la presente resolución.

Sexto.- Desestimo la demanda respecto al resto de las pretensiones formuladas frente a don Antonio Calleja Rodríguez y la herencia yacente de don Victoriano Rodríguez Martínez, e íntegramente respecto a las pretensiones formuladas frente a don Vicente Manciles Higuero, don Elías del Pozo Izquierdo, don Antonio Torres Zambrana, don Julián Muñoz Palomo, don Esteban Guzmán Lanzat, don Modesto Perodia Cruz-Conde, don José Luis Jiménez Jiménez, don Francisco Javier Lendínez Bernal, don José Luis Troyano Moreno, don Alberto García Muñoz, don Luis Francisco Rodríguez López-Sepúlveda y don Víctor Cohen Zerón.

Séptimo.-. No impongo las costas del presente proceso a ninguna de las partes.

Octavo.- Ordeno la contracción de la cantidad en que se fija el perjuicio en la cuenta que corresponda según las vigentes normas de contabilidad pública.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.- La Consejera: Margarita Mariscal de Gante.- El Secretario: Jaime Vegas Torres.- Firmado y rubricado."

Lo que se hace público para que sirva de notificación a las herencias yacentes de don Victoriano Rodríguez Martínez y de don José Luis Jiménez Jiménez; a don Alberto García Muñoz y a don Esteban Guzmán Lanzat, todos por hallarse en ignorado paradero y para que conste y surta los efectos oportunos, expido la presente en Madrid a catorce de julio de dos mil dieciséis.

Madrid, 14 de julio de 2016.- El Secretario: Jaime Vegas Torres.

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