El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 17 de diciembre de 2015, y en virtud de las funciones que le otorga el apartado n) del art. 30.5 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante adoptó, entre otros, el acuerdo de autorizar a la empresa HERBUSA, S.A. una prórroga del título que habilita para la prestación del servicio portuario de recepción de desechos sólidos y aguas residuales generados por buques (Anexos IV y V Convenio Marpol) en el puerto de Eivissa, hasta que entre en vigor el Pliego de Prescripciones Particulares previsto en el artículo 113 del TRLPEMM o por un plazo máximo de dos (2) años si el nuevo Pliego no entrase en vigor con anterioridad. Sin perjuicio de la obligación del titular de someterse a las modificaciones legales que afecten al régimen jurídico del título, y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a su favor, computándose dicha prórroga a partir de 29 de enero de 2016.
Palma de Mallorca, 22 de diciembre de 2015.- El Presidente, Joan Gual de Torrella Guasp.-La Secretaria, M.ª Antonia Ginard Moll.
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