Edicto
Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia,
por el presente, hago saber: Que en este órgano judicial se tramita SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000079 /2009 del deudor CONCEP HABITAT, S.L., se ha dictado el día 28/01/15 auto de conclusión.
La referida resolución dice literalmente, en su parte dispositiva, lo siguiente:
"Declarar la conclusión del concurso de la mercanti CONCEP HATITAT, S.L., con CIF B-73317695, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción el los oportunos Registros Públicos.
Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.
Lo acuerda y firma D. FRANCISCO CANO MARCO, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, doy fe."
Murcia, 5 de febrero de 2015.- Secretaria Judicial.
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