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Documento BOE-B-2015-4834

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2015, páginas 6647 a 6647 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-4834

TEXTO

Edicto

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 627/2014 y NIG n.º 30030 47 1 2014 0001380, se ha dictado en fecha 29/01/15 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Carpinteros Carpesa, S.L., con CIF: B-73459489, con domicilio en calle B, naves 7-8 y 9, polígono industrial San Jorge, 30565 Las Torres de Cotillas (Murcia).

2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración concursal.

Ha sido nombrado Administrador concursal el Letrado Manuel Javier Chacón Navarro, designando como domicilio postal para la remisión de crédito el sito en paseo Florencia, núm. 11, 5.º F, 30010 Murcia, teléfono y fax 968 89 73 66, y como dirección electrónica: manuel@chaconyreverteabogados.com.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5.º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose acordado de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal.

6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/.

Murcia, 5 de febrero de 2015.- La Secretaria Judicial.

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