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Documento BOE-B-2015-38227

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 2015, páginas 53005 a 53005 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-38227

TEXTO

Edicto.

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000385/2014, seguido a instancias del Procurador don Francisco Ojeda Rodríguez en nombre y representación de Cotrading, S.L., Olis bargallo, S.A., Conservas y salazones arlquin, S.L., Conservas denticic, S.L. y Mateo s.a, se ha dictado Auto el día 24/11/2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Cafe Gran Canaria s.l. con cif nº b35496215, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de necesario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro público Concursal y tablón de anuncios de este Tribunal.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Domingo del Castillo Morales Economista señalando domicilio despacho calle General Vives, 90 3.º, 35007 Las Palmas de Gran Canaria teléfono 928222674/928227873; móvil 607443730; fax: 928279856; correoelectrónico:concursocafegrancanaria@hotmail.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; suspensión.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 4 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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