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Documento BOE-B-2015-34653

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 19 de noviembre de 2015, páginas 48310 a 48310 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-34653

TEXTO

Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia sustituto del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 895/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso consecutivo a la persona física Pedro Vicente Doménech Sanjuan y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 895/2015 sección C1.

NIG de procedimiento.- 08019-47-1-2015-8008075.

Entidad concursada.- Pedro Vicente Doménech Sanjuan, con CIF número 18931058B.

Tipo de concurso.- Voluntario consecutivo.

Fecha de auto de declaración.- 7 de octubre de 2015.

Administrador/es concursal/es-. José Carlos Ojeda Arnal, con domicilio profesional en calle Sant Antoni Maria Claret, 71, 1.º 1.ª 08025 Barcelona, número de teléfono 934569517, número de fax 934503790, con dirección electrónica ojeda@economistes.com

Facultades del concurso.- Suspendidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 15 de octubre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia sustituto.

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