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Documento BOE-B-2015-34533

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 18 de noviembre de 2015, páginas 48150 a 48151 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-34533

TEXTO

EDICTO

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administracion de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de A Coruña,

Por el presente, hago saber: Que en este Órgano Judicial se tramita la Sección 1ª Declaración Concurso n.º 162/12-C, seguido a instancias de la procuradora Dña. Rita Susana Rodríguez Alfonso, de la entidad deudora "Electrobes Coruña, S.L.", con CIF B-15.651.797, en los que ha recaido la siguiente resolución de fecha 13/10/2015, y que se reproduce en extracto:

AUTO

En A Coruña, a 13 de octubre de 2015.

HECHOS

Primero.-Por la administración concursal se solicitó la conclusión del presente concurso, al amparo de lo dispuesto en el art. 152.2 LC por haber concluido la liquidación de los bienes y derechos de la concursada, presentando informe de rendición de cuentas, de todo lo cual por resolución de 17 de julio de 2015 se dio traslado a la deudora y demás partes personadas para que pudiesen formular oposición en el plazo de quince días.

Segundo.-Ha transcurrido el plazo concedido sin que por las partes se realizara alegación alguna al respecto.

DISPONGO:

Declarar la conclusión del concurso voluntario de ELECTROBÉS CORUÑA, S.L., domiciliada en Avenida General Sanjurjo, nº. 284, bajo izquierda, de A Coruña, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:

1.- Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

2.- Procederá la extinción de la entidad ELECTROBÉS CORUÑA, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil, a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.

Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acedite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE.

Contra la presente resolucion no cabrá interponer recurso alguno

Así lo acuerda, manda y firma Nuria Fachal Noguer, Magistrado-Juez en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de A Coruña, doy fe.

La Magistrado Juez,-El Letrado de la Administración de Justicia.

Se expide el presente a fin de que se proceda a su publicación de conformidad con lo establecido en el art. 23 de la LC.

A Coruña, 19 de octubre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.

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