Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-31075

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 19 de octubre de 2015, páginas 43441 a 43441 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-31075

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, nº 111 Edificio C, 12ª planta.

Numero de asunto.- Concurso voluntario 693/2015 seccio_procediment

Tipo de concurso.- Voluntario

Entidad instante del concurso y NIF.- COMERCIAL EDOSUC, S.L NIF B-63009047

Fecha del auto de declaración.- 01 de septiembre de 2015

Administradores concursales.- La mercantil Perna Bertrán y Asociados, S.L.P., designando como administrador concursal a Xavier Perna Bertran con NIF 37.786.028H (economista), con domicilio profesional en Travessera de Gracia, 18-20, 5-3 de Barcelona, con número de teléfono 93.201.07.51 y correo electrónico administracionconcursal@perna-asociados.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de suspensión las facultades de la concursada

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 9 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid