Edicto
Dña. Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia, por el presente,
Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita Sección I Declaración Concurso 0000457/2014 del deudor Francisco José Abellán Nieto, se ha dictado el día 19/05/15 auto de conclusión.
La referida resolución dice literalmente, en su parte dispositiva, lo siguiente:
"1.- Declarar la conclusión del concursado Francisco José Abellán Nieto, con DNI. 22989389S, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución expidiendo los despachos revistos en los arts. 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos.
3.- Librar testimonio de la presente, llevando el orginal al libro de resoluciones que corresponda.
4.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
5.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe."
Murcia, 4 de septiembre de 2015.- Secretaria Judicial.
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