Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-16464

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia sobre Resolución del Ministerio de Fomento de aprobación del expediente de información pública y definitiva del documento para información pública relativo a: "Adecuación y mejora de la seguridad vial. Autovía A-55. Tramo: Vigo - Porriño. Clave: 19-PO-4700. Provincia: Pontevedra".

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2015, páginas 22917 a 22918 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2015-16464

TEXTO

El Director General de Carreteras, con fecha 14 de mayo de 2015 ha resuelto:

1. "Aprobar el Expediente de Información Pública y definitivamente el Documento para Información Pública relativo a: "Adecuación y mejora de la seguridad vial. Autovía A-55. Tramo: Vigo-Porriño" con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA incluido) de 8.246.692,95 €, con las siguientes prescripciones a considerar en el proyecto de construcción:

1.1 Prescripciones que son resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública:

1.1.1 En la actuación 10.0 Enlace p.k. 10+000 se mantendrá un ancho constante de 4 m en el eje 23 realizándose la transición al ancho actual en los últimos 20 m. Se dispondrá en la glorieta un bordillo rebasable para asegurar el giro de los vehículos pesados.

1.1.2 En la actuación 10.8 Ampliación By-Pass p.k. 10+800 se incluirá un tubo pasacunetas bajo la acera y frente a la vivienda, demoliendo previamente la cuneta existente y dándole a la acera diseñada pendiente hacia la calzada para evitar la entrada de agua en la vivienda.

1.1.3 La actuación 11.8 Vía de servicio entre los p.k. 11+350-12+200, como consecuencia del informe de la Confederación Hidrográfica del Miño Sil, y de las alegaciones recibidas en este proceso de información pública, será segregada del presente proyecto, para su posterior desarrollo en un estudio independiente, en el que se estudiarán adecuadamente los condicionantes y prescripciones impuestos relativos al desvío del cauce que resultan sustanciales para el desarrollo del proyecto, y en el cual se podrán analizar y tener en consideración el contenido de las alegaciones recibidas. Para ello, la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia deberá solicitar la correspondiente Orden de Estudio.

1.1.4 Se modificará la titularidad de algunas fincas afectadas, actualizando los cambios de titularidad referidos por los distintos alegantes, de acuerdo a la documentación presentada.

1.1.5 Se repondrán todos los servicios afectados por la ejecución de las actuaciones proyectadas, teniendo en cuenta las valoraciones remitidas por las propias compañías, cuando las haya. En la actuación 10.8 Ampliación By-Pass p.k.10+800 se incluirá el retranqueo del colector situado en el vial de servicio y que parte de las viviendas situadas enfrente del acceso que se va a ampliar.

1.1.6 Se revisará la concordancia de las superficies reflejadas en los distintos apartados del anejo de expropiaciones del proyecto, así como la valoración de los bienes y derechos afectados.

1.1.7 Se cumplirán en fase de obra las prescripciones Impuestas por la Consellería de Cultura, según las cuales todos los movimientos de tierras de las actuaciones 4.5 y 10.8 se realizarán bajo control presencial de un arqueólogo. Antes del comienzo de las obras se presentará un proyecto arqueológico firmado por técnico competente. Las obras no podrán comenzar hasta que se autorice este proyecto.

1.1.8 Se desafectará la finca 19 bis y en el expediente expropiatorio se tendrá en cuenta el arrendamiento del inmueble por parte de la Entidad Mercantil. Asimismo, se definirá el ramal de entrada planteado en el proyecto, tratando de conjugar la menor afección posible con su adecuado ajuste geométrico.

1.2 Prescripciones para corregir aspectos técnicos del proyecto que deben subsanarse:

1.2.1 Se cumplimentarán las prescripciones incluidas en la aprobación provisional del Documento para Información Pública, de fecha 26 de enero de 2015.

2. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia la incoación del expediente de expropiación de los terrenos necesarios y que incluya el proyecto referenciado en el Programa de Expropiaciones vigente, dado que es preciso realizar expropiaciones para la ejecución de las obras y en aplicación del artículo 8.1 y 2 de la Ley 25/88, de 29 de julio, "de carreteras", según la redacción dada al mismo por el artículo 77 de la Ley 24/01, de 27 de diciembre, "de medidas fiscales, administrativas y de orden social".

3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 31 y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la Sra. Ministra del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto".

A Coruña, 19 de mayo de 2015.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid