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Documento BOE-B-2015-16463

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Santander por la que se somete a información pública la solicitud de concesión presentada por la empresa Bp Oil España, Sociedad Anónima Unipersonal, para la instalación de estación de servicio en el Polígono de Wissocq, dentro de la zona de servicio del puerto.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2015, páginas 22916 a 22916 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2015-16463

TEXTO

La Autoridad Portuaria de Santander tramita un procedimiento administrativo para una concesión sobre dominio público portuario, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Este procedimiento administrativo se inició a instancias de la Autoridad Portuaria de Santander, de conformidad con el artículo 86 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, mediante concurso público publicado en el Boletín Oficial del Estado de 3 de marzo de 2015.

Por acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, de fecha 6 de mayo de 2015 fue seleccionada la solicitud presentada por la empresa Bp Oil España, Sociedad Anónima Unipersonal.

De conformidad con el artículo 85.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se publica el presente anuncio para que, en el plazo de 20 días hábiles, a partir del siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", las Corporaciones, Entidades y particulares que se crean afectados por tal petición, puedan examinar el expediente de que se trata en estas oficinas, sitas en Santander, Muelle de Maliaño, sin número, durante las horas hábiles de despacho de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, y presentar en ellas cuantas alegaciones estimen pertinentes relativas a dicha petición.

La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible, de recurso alguno, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santander, 14 de mayo de 2015.- El Presidente, José Joaquín Martínez Sieso.

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