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Documento BOE-B-2015-15508

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 18 de mayo de 2015, páginas 21506 a 21506 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-15508

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia que:

En los autos de Concurso Abreviado núm. 215/12-L seguido frente a "talleres Carral, S.L.", se ha dictado en fecha 26 de marzo de 2015 en el auto de conclusión y archivo cuyo contenido extractado de la parte dispositiva es del tener que sigue:

"Dispongo:

La conclusión y archivo por fin de la liquidación del proceso concursal voluntario número 215/2012-L de la deudora Talleres Carral, S.L., en liquidación, domiciliada en A Coruña, calle Martinete, 10-11, Birloque, 15.008, CIF B-15.012.982, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña al tomo 1307 del Archivo, folio 206 vto. Hoja C-8294.

Acuerdo igualmente la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de A Coruña, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto. La cancelación de la inscripción registral por conclusión del concurso no afectará a la continuación de las acciones entabladas y pendientes, de cuyo resultado se dará cuenta al Juzgado por si procediera la reapertura del concurso. Líbrese exhorto al Juzgado de Instrucción Número Tres de esta ciudad participándole el contenido de este auto y solicitando que, de abrirse el juicio oral en el procedimiento abreviado número 129/2013 se advierta igualmente de su contenido al tribunal de enjuiciamiento.

Apruebo la rendición de cuentas presentada por la administración concursal que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en el BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la LC. Publíquese igualmente en el Registro Público Concursal regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre y particípese la conclusión a los mismos Juzgados a los que se comunicó la declaración de concurso.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Pablo González-Carreró Fojón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número uno de A Coruña; doy fe.

Y para que sirva de notificación a todos los interesados, se expide el presente en

A Coruña, 27 de marzo de 2015.- El Secretario Judicial.

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