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Documento BOE-B-2014-692

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2014, páginas 915 a 915 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-692

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, se siguen los autos de concurso abreviado 000757/2012-D, de la mercantil Auxiliar del Calzado Vidal, S.L., en cuyo seno con fecha 10 de diciembre de 2013, se ha dictado cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Uno.-Se acuerda poner fin a la fase común.

Dos.-Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

Tres.-Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la Ley Concursal.

Cuatro.-Se declara la disolución de la mercantil, así como, en todo caso, el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Cinco.-Preséntese por el administrador concursal en el plazo de ocho días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo 148 LC.

Seis.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Siete.-Procédase a la formación de la sección sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 LC.

Dentro de los diez días siguientes a la ultima de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de espiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 LC.

Ocho.-Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente en el boletín oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Jugado por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto a la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma don Salvador Calero García, Magistrado-Juez de lo Mercantil número 2 de Alicante. Doy Fe.

Alicante, 10 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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