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Documento BOE-B-2014-691

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2014, páginas 914 a 914 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-691

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente,

Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 000919/2009-MJ, sobre declaración de concurso de la mercantil Agosan, Sociedad Limitada, con domicilio en carretera Novelda, Kilómetro 0,1 de Agost, Alicante, y CIF número B-03420965, se ha presentado por la administración concursal el informe preceptuado en el artículo 74 LC, y se ha dictado auto de esta fecha que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

Parte dispositiva

Uno.-Acuerdo:

Uno.-Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

Dos.-Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

Tres.-Dar concurso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los Registros Públicos que correspondan, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

Cuatro.-Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.

Cinco.-La presente resolución se notificará mediante notificación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

Modo de impugnación:

No cabe recurso alguno.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma don Salvador Calero García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante. Doy fe.

El Magistrado-Juez. La Secretaria.

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.

Alicante, 14 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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