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Documento BOE-B-2014-5724

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2014, páginas 7381 a 7381 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-5724

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que con fecha de 15 de abril de 2013, en el concurso de la mercantil TEXSOL 2000 CENTRO ENSEÑANZA TÉCNICAS DE SOLDADURA, S.L. con CIF n.º B/48450109 y domicilio en Polígono Industrial Sangróniz n.º 38, Nave 1, de Sondika (Bizkaia) se ha dictado auto aprobando el plan de liquidación cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1. Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

En lo que no estuviere previsto, se seguirán las reglas legales supletorias recogidas en el artículo 149 de la LC.

2. Recordar a la Administración Concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.

3. En caso de suspenderse las operaciones de liquidación con motivo de las impugnaciones del inventario o de la lsita de acreedores, se podrá requerir a los impugnantes para que presenten una caución que garantice los posibles daños y perjuicios de la demora.

4. Inscríbase la Aprobación del Plan de Liquidación en el Registro Mercantil (artículo 24 de la LC).

5. Fórmese la sección sexta que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y del informe de la Administración Concursal (artículo 167.1 de la LC).

Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución acordando la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

El edicto se fijará en el BOE, en el Registro Público Concursal y tablón de anuncios de la Oficina Judicial (artículo 23 de la LC) preferentemente por vía telemática.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

6. Notificar la presente resolución al deudor y a los acreedores personados.

Bilbao (Bizkaia) a, 15 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

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