Edicto
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 2020/2009, seguido a instancia de Begoña Ilzarbe Puy frente a Daniel Ángel López, se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente
Sentencia n.º 210/2013.
En Fuengirola a siete de noviembre de dos mil trece.
Vistos por Pedro José Rosa Romero, Juez sustituto. del Juzgado de 1.ª Instancia número 3 de Fuengirola los presentes autos de Procedimiento Ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos en este Juzgado bajo el número 2020 del año 2009, a instancia de Begoña Ilzarbe Puy, representado por la Procuradora doña María Pilar Ballesteros Diosdado, contra, Daniel Ángel López, Fançoise Marcelle Marguerite y Renée Gabrielle Marie García, representados por la Procuradora, doña Alicia Ruiz Leña.
Fallo
Que desestimando en su integridad la demanda interpuesta por la Procuradora, doña Pilar Ballesteros Diosdado, en nombre y representación de Begoña Ilzarbe Puy, contra Françoise Marcelle Margueritte García y Renée Gabrielle Marie García, representados por la Procuradora doña Alicia Ruiz Leña, y contra Daniel Ángel López en situación de rebeldía procesal, debo absolver y absuelvo a los demandados de todos los pedimentos deducidos en su contra por la actora.
Con expresa condena en costas a la parte demandante.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este mismo Juzgado en el plazo de veinte días a contar a partir del siguiente a la notificación de aquella, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458 LEC.
Llévese el original al libro de sentencias, y déjese testimonio en los autos a los fines de su notificación.
Así lo pronuncia, manda y firma Pedro José Rosa Romero, Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Fuengirola y su partido. Doy fe.
Y encontrándose dicho demandado, Daniel Ángel López, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Fuengirola, 4 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.
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